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Envío de dinero

Alerta para usuarios de billeteras virtuales: AFIP puso un nuevo tope en las transferencias sin declarar

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció cuáles serán los montos máximos que se podrán enviar por medio de las billeteras virtuales.

Por Redacción Tiempo de San Juan

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció una serie de limitaciones a la hora de realizar transferencias a familiares o amigos por medio de las billeteras virtuales, que deberán ser tenidas en cuenta para evitar inconvenientes.

En la actualidad, la gran mayoría de las personas opta por enviarse el dinero de forma virtual a través de las diferentes aplicaciones como Mercado Pago, Modo o Cuenta DNI, entre otras.

Sin embargo, la AFIP y la Unidad de Información Financiera (UFI) determinaron cuáles serán los montos máximos que podrán transferirse por medio de las apps, sin tener que justiciar de dónde provienen los fondos.

¿Cuánto dinero se puede transferir?

De acuerdo a lo establecido por el Banco Central, se puede transferir un monto máximo de $ 250.000 a través del Home Banking, mientras en la sucursal o cajero automático la suma desciende a $ 125.000.

En caso de querer realizar una transferencia por una cantidad superior a lo previsto por las entidades financieras tendrán que realizarlo por medio del método tradicional, que contará con un día de demora, o darle un preaviso al banco.

Allí tendrán que aclarar qué día van a realizar la transferencia, el monto total y el CBU o número de la cuenta de la persona que recibirá el dinero. Vale destacar que, de no justificarlo, la notificación recaerá sobre quien recibe el monto.

¿Cuánta plata se puede transferir sin declarar?

La AFIP elevó el monto límite para transferencia a $ 400.000, sin la necesidad de presentar una declaración jurada. De superarlo, correrán el riesgo de tener que justificar de dónde proviene el dinero.

En estos casos es probable que se le notifique vía mail la situación para que pueda presentar los documentos que expliquen los movimientos como, por ejemplo, recibos de sueldo, facturación de los últimos 6 meses, comprobantes de haberes jubilatorios, etc.

FUENTE: Cronista

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