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Acceso a créditos bancarios: la AFIP eliminó un requisito clave

El organismo suspendió una exigencia a las entidades financieras para la entrega de créditos. Lo dispone la resolución General 5506/2024.

Por Redacción Tiempo de San Juan

Por medio de la Resolución General 5506/2024 de la Administradora Federal de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se abordó una serie de disposiciones legales y medidas adoptadas con relación a las obligaciones previsionales de los empleadores y la simplificación de trámites en el ámbito de los créditos bancarios.

El texto oficial deroga la norma que establecía un procedimiento simplificado para que las entidades financieras verificaran la situación de los empleadores respecto de sus obligaciones previsionales. Fundamenta la decisión en la derogación previa de la Ley N.º 14.499 y sus modificaciones, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023.

En otras palabras, la AFIP eliminó un requisito previo para que las entidades financieras otorguen créditos a los empleadores, ya que la información sobre las obligaciones previsionales de estos últimos ya está disponible en otros sistemas.

El texto oficial asegura que la AFIP se encuentra revisando los diferentes registros y regímenes de información para eliminar obstáculos, facilitar el comercio y reducir costos. Asimismo, la entrada en vigencia de la Resolución es a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

El texto recuerda

  • La derogación no significa que las entidades financieras no deban verificar la situación de los empleadores respecto de sus obligaciones previsionales.
  • Las entidades financieras pueden seguir utilizando otros medios para obtener esta información, como por ejemplo, consultando directamente a la AFIP o a las cajas previsionales.
  • Los empleadores siguen siendo responsables de cumplir con sus obligaciones previsionales.

FUENTE: Ámbito

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