El personal técnico, profesionales y trabajadores del Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV), mediante un comunicado, salió a expresar su oposición total a la implementación de la Resolución INV N.º 37/2025, una normativa impulsada por el Gobierno Nacional que busca reestructurar profundamente el organismo. Esta reforma, que comenzará a regir a partir del 1.º de enero de 2026, implica una flexibilización de los controles, derogando más de 900 normas y concentrando la fiscalización exclusivamente en el producto final.
El contexto de la reforma establece que el INV dejará de intervenir en las etapas iniciales e intermedias del proceso productivo. Con el nuevo marco regulatorio, la fiscalización se limitará solo a la etapa de comercialización final, inspeccionando únicamente los productos envasados que ya cuenten con el Certificado Analítico de Libre Circulación. Esto supone la eliminación de alrededor de 5.000 fiscalizaciones presenciales anuales en las bodegas. Además, la revisión integral de la normativa existente resultó en la derogación de 973 de un total de 1.207 normas. Entre los trámites eliminados figuran la Declaración Jurada semanal de elaboración, las multas por presentaciones tardías, y la necesidad de tramitar más de 140.000 permisos de tránsito anuales.
El punto central del conflicto es que la Declaración Jurada de Ingreso de Uva (CIU) dejará de ser obligatoria para productores y elaboradores. Para el personal del INV, esta desregulación resulta inviable y coloca a toda la cadena vitivinícola en una situación de riesgo. Los trabajadores dejaron sentado que la resolución no refleja los intereses del sector ni contempla las implicancias legales, técnicas y económicas que acarrea.
Fundamentos del rechazo
Los trabajadores señalan que la pérdida del carácter obligatorio del CIU constituye un riesgo severo porque este instrumento ha sido históricamente la columna vertebral de la trazabilidad, garantizando la genuinidad y la igualdad de competencia en la industria. El CIU no es considerado un mero trámite administrativo, sino un mecanismo técnico de control indispensable. Este mecanismo permite la trazabilidad documental y fiscal completa, asegurando la correspondencia entre los volúmenes declarados, elaborados, fraccionados y comercializados.
La principal preocupación es que la eliminación del CIU y de los controles intermedios evitará la detección temprana de fraude y facilitará la proliferación de prácticas fraudulentas en etapas difíciles de rastrear. El personal técnico advierte que el CIU previene históricamente desvíos, adulteraciones y triangulaciones en la vitivinicultura. La afirmación oficial de que los nuevos controles “no implican riesgos” carece de sustento técnico y jurídico, ya que desconoce la importancia del CIU dentro del sistema de control perfeccionado por el propio INV durante décadas.
Esta situación de fragilidad regulatoria genera consecuencias directas, como la dificultad para la labor de fiscalización del INV y una reducción en la capacidad de detectar fraudes. Además, se compromete seriamente la confianza de los mercados internacionales, los cuales exigen mecanismos de trazabilidad robustos y verificables. Para destinos clave como Estados Unidos, la Unión Europea y Asia, la trazabilidad unívoca no es optativa, sino una condición mínima para el ingreso de productos. Sin un mecanismo reconocido como el CIU, la industria argentina podría enfrentar barreras no arancelarias, restricciones o requisitos adicionales más costosos.
El personal del INV también subraya que la desarticulación del control previo y continuo obliga a las bodegas a depender de verificaciones posteriores a la comercialización. Esto aumenta el riesgo de errores formales que pueden derivar en sanciones, multas, clausuras o pérdida de certificaciones.
El comunicado completo
El personal del Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) que hace a la vitivinicultura argentina se ve en la obligación de rechazar categóricamente la Resolución INV N.º 37/2025 y de oponerse fervientemente a su implementación, habida cuenta de que dicha normativa no sólo resulta inviable, sino que además coloca en una situación de riesgo operativo, comercial y reputacional a toda la cadena vitivinícola nacional.
Corresponde dejar sentado que esta resolución no refleja los intereses del sector, ni contempla las implicancias legales, técnicas y económicas que acarrea, particularmente respecto de la pérdida del carácter obligatorio del Certificado de Ingreso de Uva (CIU), instrumento que históricamente ha constituido la columna vertebral de la trazabilidad, garantía de genuinidad e igualdad de competencia en la industria.
Importancia del CIU y consecuencias de su desregulación
El CIU, establecido como requisito indispensable durante décadas por el propio INV, no es un mero trámite administrativo, sino un mecanismo técnico de control esencial que: Permite la trazabilidad documental y fiscal completa, desde el mosto hasta el producto terminado, asegurando correspondencia entre volúmenes declarados, elaborados, fraccionados y comercializados. Evita desvíos, adulteraciones y triangulaciones, riesgos históricos presentes en la vitivinicultura. Garantiza transparencia ante mercados externos, donde los sistemas de trazabilidad unívoca no son optativos, sino una condición mínima para el ingreso de productos.
Su desregulación coloca al sector en una situación de fragilidad regulatoria, generando consecuencias directas: Se dificulta la labor de fiscalización del INV y se reduce la capacidad de detección temprana de fraude. Se compromete la confianza de mercados internacionales, que exigen mecanismos de trazabilidad robustos y verificables. Se produce un desbalance competitivo, ya que quienes mantengan estándares altos de control incurrirán en mayores costos frente a otros actores que no lo hagan.
La afirmación de que los nuevos controles “no implican riesgos” carece de sustento técnico y jurídico, y desconoce la importancia del CIU como herramienta clave del sistema de control que el propio INV ha construido y perfeccionado durante décadas.
Tres razones prácticas por las que la Resolución 37/2025 resulta inviable:
1. Riesgo de incumplimientos documentales y sanciones indirectas: La desarticulación del sistema de control previo y continuo obliga a las bodegas a depender de verificaciones posteriores a la comercialización, aumentando el riesgo de errores formales que pueden derivar en sanciones, multas, clausuras o pérdida de certificaciones.
2. Aumento de vulnerabilidad ante fraudes y adulteraciones: La eliminación de controles intermedios y del CIU obligatorio genera vacíos operativos en la cadena de trazabilidad, facilitando la proliferación de prácticas fraudulentas difíciles de detectar en etapas finales, exponiendo al país a crisis de reputación en los mercados internacionales.
3. Pérdida de competitividad en mercados exigentes: Los principales destinos de exportación —Estados Unidos, Unión Europea y Asia— exigen trazabilidad unívoca. Sin un mecanismo reconocido como el CIU, la industria argentina puede enfrentar restricciones, barreras no arancelarias o requisitos adicionales más costosos.
Conclusión
Por todo lo expuesto, el personal técnico, profesionales y trabajadores del INV manifiestan su oposición total a la Resolución INV N.º 37/2025, por resultar incompatible con los principios esenciales de control, seguridad sanitaria, competitividad, genuinidad y transparencia que deben regir a la vitivinicultura argentina.
Se solicita la inmediata revisión de la norma y la restitución del carácter obligatorio e indelegable del CIU, en resguardo de la integridad de la cadena productiva, la calidad del vino argentino y la confianza tanto del mercado interno como de los mercados internacionales.