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AFIP: cómo beneficiarse con la Ley de Alivio Fiscal

El beneficio de AFIP está habilitado para Pymes y monotributistas. En la nota, enterate de como pueden solicitarlo.

Por Redacción Tiempo de San Juan

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tiene vigente ley de alivio fiscal, una reglamentación que tiene distintos beneficios para Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes) así como también para aportantes de monotributistas.

Esta normativa permite, entre otras cosas, una moratoria para regularizar deudas hasta en 60 cuotas y actualización de las escalas.

Uno por uno los beneficios de la Ley de Alivio Fiscal

Para garantizar que ningún monotributista experimente aumentos en sus cuotas durante el primer semestre del año, la reglamentación retrotrae los valores de las obligaciones de enero a junio de 2021 a los vigentes en diciembre de 2020. Quienes tengan saldo a favor podrán reimputar esos montos para efectuar nuevos pagos.

https://twitter.com/AFIPcomunica/status/1516067776582017028

La normativa habilita la actualización excepcional de las escalas. La ley contempló un incremento en la facturación máxima por categoría de hasta 77%. El aumento es más significativo en las categorías más bajas. De esta forma, al momento de realizar la recategorización que estará habilitada desde el miércoles 28 de julio al martes 17 de agosto, muchos contribuyentes podrán facturar más y/o pagar una cuota menor.

Moratoria: la normativa de la AFIP habilita una moratoria para que los monotributistas regularicen obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2021. El plan de facilidades contempla la condonación de intereses y multas.

Los pequeños contribuyentes podrán regularizar sus deudas en hasta 60 cuotas con una tasa de interés máxima de 1,5%.

¿Quiénes pueden acceder? Sujetos adheridos o no al monotributo que registren deuda en el Régimen Simplificado al 30 de junio de 2021 por los siguientes conceptos: componente impositivo; aporte previsional; aporte de obra social; infracciones relacionadas con los conceptos anteriores; diferencias y monto adicional generados por aplicación de la ley 27.618. Podrán adherirse obligaciones en discusión administrativa o bajo procedimiento administrativo o judicial al 27 de julio de 2021.

calculando impuestos.jpg

Podrán regularizarse también: obligaciones correspondientes al monotributo devengadas al 30 de junio de 2021, incluidas en planes de facilidades de pago caducos que hubieran sido presentados con anterioridad al 22 de julio de 2021 y planes de facilidades de pago vigentes al 22 de julio de 2021 que incluyan obligaciones correspondientes al monotributo.

La Ley 27.639 dispone la creación de un programa específico de alivio fiscal que facilita la permanencia en el monotributo para quienes fueron excluidos por diversos motivos. La iniciativa establece que podrán permanecer en el monotributo quienes hayan estado inscriptos al 30 de junio en el régimen simplificado y que en algún período anterior hubieran excedido los valores máximos de facturación. También incluye a contribuyentes que entre el 1° de enero y el 30 de junio de 2021 fueron excluidos y registrados en el régimen general. Asimismo, para quienes superaron los límites de su categoría y pasaron a autónomos entre el 1° de octubre de 2019 y el 30 de junio de 2021, podrán optar por volver al monotributo.

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