“Hemos presentado procesos de conciliación obligatoria con el Sindicato Empleados de Comercio en representación de los trabajadores pero no se han podido revertir los despidos de 12 empleados de la firma”, explicó Correa Esbry.
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SUSCRIBITE“Hemos presentado procesos de conciliación obligatoria con el Sindicato Empleados de Comercio en representación de los trabajadores pero no se han podido revertir los despidos de 12 empleados de la firma”, explicó Correa Esbry.
“La empresa ha despedido invocando el artículo 247 de la ley de contrato de trabajo, sin haber agotado un proceso preventivo de crisis empresaria. Lo cual, habla de la nulidad de esos despidos que seguramente los trabajadores lo van a impugnar en la justicia para reclamar por las indemnizaciones”, sostuvo el funcionario.
El subsecretario de trabajo, señaló que “la empresa despidió a los trabajadores por causas económicas, retracción del mercado, costos laborales y de mantenimiento. La empresa tiene distintos dueños, algunos locales están mejor administrados que otros. Todo eso ha llevado a la caída de la empresa”.
“Los despidos no se pueden revertir pero si los trabajadores tienen derecho a, judicialmente, reclamar el 100% de la indemnización. Si las partes no llegan a un acuerdo en conciliación obligatoria, el caso llegará a la justicia. El cobro del 100% de la indemnización quedará sujeto a un juicio laboral”, dijo Roberto Correa Esbry.
