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La Justicia bloquea el sitio web de cine gratuito creado por un sanjuanino

La Justicia ordenó bloquear “provisoriamente” al portal de internet, uno de los más populares para ver en línea y sin pagar miles de producciones de grandes compañías cinematográficas.

Por Redacción Tiempo de San Juan

Así lo dispuso la Sala V de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional al revocar un fallo de primera instancia que se había opuesto a la medida cautelar pedida por Fox, Disney, Paramount, Columbia y otras compañías que actúan como querellantes contra el sitio de Cuevana, por supuesta violación a la ley 11.723 de Propiedad Intelectual.

La querella, por medio del abogado Julián Subías, reclamó que se ordene el bloqueo de todos los sitios web que se relacionen con el nombre de Cuevana, que se utilizan como plataforma de acceso a títulos audiovisuales de esas compañías protegidos por la Ley 11.723.

Cuevana fue creado por el sanjuanino Tomás Escobar en 2011 y lo que comenzó como un modesto proyecto personal terminó convirtiéndose en una de las webs más visitadas del mundo.

Utilizando un sistema de streaming, Cuevana permite compartir entre sus usuarios el acceso a películas y series, la mayoría de ellas de los grandes estudios.

Los jueces Rodolfo Pociello Argerich y Ricardo Pinto tuvieron en cuenta el artículo 79 de la Ley de Propiedad Intelectual que faculta a los jueces a, previo pago de fianza por parte del interesado, a "decretar preventivamente la suspensión de un espectáculo teatral, cinematográfico, filarmónico u otro análogo" para "proteger eficazmente los derechos" que ampara la norma.

Así, se consideró que desde 2009 con una denominación y a partir de 2014 con otra, el sitio de internet "facilitó" a un número indeterminado de usuarios la reproducción de obras publicadas sin autorización de sus autores.

"El bloqueo de los sitios de internet pedidos por la querella resulta razonable" y la medida cautelar "aparece como idónea y proporcional", concluyó el tribunal, que mandó al juez de primera instancia a fijar el monto de la fianza previa a depositar por la querella.

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