Autoridades provinciales presididas por el gobernador, José Luis Gioja, presentaron en Casa de Gobierno tres proyectos de ley que elevarán a la Legislatura Provincial
para crear nuevas herramientas que contribuirán a consolidar el crecimiento de
la Producción y el Empleo en la Provincia de San Juan. El objetivo es que sean tratados la próxima semana.
Se trata de tres
proyectos, el primero es la próxima Ley de Creación del Fondo de Financiamiento
Productivo (FONDEFIN); el segundo la creación de una Sociedad Anónima con
Participación Estatal Mayoritaria GARANTÍA SAN JUAN, y por último un proyecto de Ley de Régimen
Provincial de Fomento de Empleo de empresas industriales y/o comerciales. El Secretarios
de Politica Económica y Director de la Agencia San Juan de Desarrollo de
Inversiones, Lic. Leonardo Gioja y la Secretaria de Industria, Comercio y
Servicios, CPN Sandra Barcelo brindaron detalles de los proyectos de Ley
presentados. Por su parte el titular de la cartera productiva brindo un marco
general del porqué de las medidas presentadas y la importancia de
institucionalizar programas en beneficio de los sectores productivos,
industriales, mineros y turísticos de San Juan. Para finalizar el gobernador de
San Juan, Jose Luis Gioja resaltó la importancia de las políticas de Estado
para sostener el desarrollo económico de la provincia.
El Fondo de Financiamiento Productivo (FONDEFIN), se
constituye a partir de la experiencia obtenida por la Agencia San Juan de
Desarrollo de Inversiones ASJDI y en base al recupero de recursos de los
Programas Calidad San Juan y San Juan al Futuro, convirtiéndose en un Fondo de
Financiamiento carácter permanente e institucionalizado para el otorgamiento de
créditos a productores y empresas
sanjuaninas, destinados a financiar la inversión productiva. El gobernador en
su discurso destacó que el "fondo comenzará con aproximadamente 200 millones de
pesos y con un porcentaje de regalías que percibe la provincia”.
El objetivo es consolidar el desarrollo socioeconómico de la
Provincia con recursos para incrementar y mejorar la producción, la
competitividad y el empleo,
profundizando el éxito de los Programas
con financiamiento parcial del BID antes referidos, convirtiéndose en una
herramienta de política económica, que trasciende la duración de los mismos.
Destino de los
recursos de FONDEFIN:
• Líneas de
crédito para la adquisición de activos fijos, innovación tecnológica y capital
de trabajo en el sector productivo.
•
Fideicomisos vinculados a las cadenas productivas locales.
• Programas
de microcréditos.
• Aportes a
Fondos de Garantía o SGR.
• Inversiones
identificadas como estratégicas para el desarrollo socioeconómico.
• Aportes a
inversiones público - privadas.
GARANTÍA SAN JUAN S.A.P.E.M: Acceso al Crédito, es un Fondo Público de Garantías, organizado bajo
la forma de Sociedad Anónima con participación del Estado y del Sector
Privado, diseñado de acuerdo a la
normativa del Banco Central de la República Argentina, cuyo objetivo es otorgar
certificados de garantías a las MiPyMEs,
de modo tal de facilitar su acceso a las fuentes de financiamiento y
bancarización, en pos de contribuir a su crecimiento y consolidación.
GARANTÍA SAN JUAN será inscripta en el Banco Central de la
República Argentina BCRA y estará sujeta a su contralor, para que los certificados que emita a favor de las
MiPyMEs, adquieran el carácter de garantías preferidas "A” (máxima calificación).
El objetivo es consolidar el desarrollo socioeconómico de la
Provincia con financiamiento para incrementar y mejorar la producción, la
competitividad y el empleo,
profundizando el éxito de los Programas
antes referidos, convirtiéndose en una herramienta de política económica, que
trasciende la duración de los Programas.
El tercer proyecto de Ley presentado es el Régimen
Provincial de Fomento de Empleo formal de empresas industriales y/o comerciales
cuyo objeto es fomentar el empleo formal a través de la compensación de las
contribuciones patronales a la seguridad social hasta cubrir el 100% con aporte
provincial, contribuciones patronales establecidas en el Régimen General con
destino a los siguientes subsistemas de la Seguridad Social, Sistema Integrado
Previsional Argentino, Leyes 24.241 y 26.425; Instituto Nacional de Servicios
Sociales para jubilados y pensionados, ley 19.032 y sus modificatorias; Fondo
Nacional de Empleo, ley 24.013 y sus modificatorias; Régimen Nacional de
Asignaciones Familiares, ley 24.714 y sus modificatorias.
Serán beneficiarios de esta ley los contribuyentes y/o
responsables PYMES y MIPYMES que desarrollen actividad industrial y/o
comercial, en la Provincia de San Juan. Deberán cumplir con los siguientes
requisitos: estar inscripto en organismos nacionales y provinciales; tener
domicilio fiscal en la provincia de San Juan; desarrollar su actividad
industrial y/o comercial en la provincia de San Juan; haber obtenido algunos de
los beneficios determinados por la ley Nº 26.940, según título II regímenes
especiales de promoción del trabajo registrado.
El Capítulo I de la Ley (art 18) establece el Régimen
Permanente de Contribuciones a la Seguridad Social para Microempleadores. En él están comprendidas
las personas de existencia visible, las sociedades de hecho, y las sociedades
de responsabilidad limitada, siempre que su facturación anual no supere
$2.400.000. Excluidas las simples asociaciones civiles sin fines de lucro,
mientras que para empleadores que empleen hasta cinco (5) trabajadores, se
eleva hasta siete (7) trabajadores cuando el empleador produzca un incremento
en el plantel existente a la fecha de su inclusión en la Ley 26.940, a partir
del empleado seis (6) paga normal.
Para Empleadores que tengan hasta 80 trabajadores, (capítulo
II de la Ley, art 24), por cada nuevo trabajador que incremente la nómina.
Considerando los beneficios y con modalidad de contratación por tiempo
indeterminado para empleadores que tienen hasta 15 trabajadores y los
empleadores que tienen de 16 a 80 trabajadores.
Es muy importante resaltar el compromiso constante del
Estado Provincial adoptando medidas
tendientes a fomentar y proteger el empleo formal. Esta formalidad en las
relaciones laborales es uno de los motores
de desarrollo integral y armónico de la economía provincial. Esta normativa es dictada en consonancia con la
Ley Nacional Nº 26.940 y concordantes y complementarias.
Para la correcta aplicación de la Ley se creará la Comisión
Permanente para la Defensa del Empleo, la misma estará integrada por el
Ministro de Gobierno; Ministro de la Producción y Desarrollo Económico;
Secretaría de Industria, Comercio y Servicios; Subsecretario de Trabajo; y transitoriamente como invitados los representantes de las
Centrales de Trabajadores; cámaras sectoriales, asociaciones, entre otros.
En la ocasión también se anunció una nueva línea de crédito
para industrias, en este caso la provincia subsidiara 6 puntos de la tasas.