La Corte de Justicia, encabezada por su Presidente Marcelo Jorge Lima, junto a la ministra Adriana García Nieto y los ministros Daniel Olivares Yapur, Juan José Victoria y Guillermo Horacio De Sanctis, acordó “sustituir el inciso c) del artículo 40 del Acuerdo General N° 24/98 por el siguiente: c) A todo agente que acredite la guarda con fines de adopción de un niño, niña o adolescente, se le concederá licencia con goce de haberes desde la fecha de la resolución judicial de otorgamiento por el término de noventa (90) días corridos. La licencia deberá ser solicitada dentro de los cinco (05) días hábiles, a partir del otorgamiento de la guarda. Si se acredita la guarda de más de un niño, niña, o adolescente en forma simultánea, se le concederá una licencia con goce de haberes por el término de ciento cinco (105) días corridos”.





