El ex socio en un estudio jurídico de Santiago Graffigna, Horacio Alday, quedó totalmente desvinculado de una de las causas del escándalo de las expropiaciones, la popularmente llamada causa conexa, en la que se lo investigó por varios hechos. De todas maneras, el abogado sigue legalmente vinculado a la causa principal, en la que llegó a estar 10 meses en la clandestinidad y en la que aún no fue indagado.
Este viernes 20 de febrero, el juez Benedicto Correa, del Quinto Juzgado de Instrucción, resolvió desvincular totalmente al abogado Alday de esa causa.
Dice el fallo del juez Correa en su parte resolutiva: "Sobreseer parcial y definitivamente a Horacio Raúl Alday, (50) por los delitos administración fraudulenta, reiterados 12 hechos en concurso real en perjuicio de Ángel Arturo Luna, Margarita Esquivel, Doris Raquel Manrique, Eduardo Mauricio Manrique, Ursulina Eidi Manrique, Horacio Ramón Manrique, José Miguel Manrique, Beatriz Adriana Manrique, Edgardo Ángel Manrique, José Ariel Guevara Manrique, Nelly Guajardo, Ricardo Benito Luna, Olga Guajardo viuda de Páez”.
Entre los motivos más importantes que tuvo el juez Correa para dictar el sobreseimiento, se citan los siguientes: "De los testimonios colectados en autos surge en varios de ellos que no conocen al Dr. Alday y de la constancias de los expedientes civiles tampoco se ha podido determinar que el imputado haya tenido efectiva participación en los procesos expropiatorios. No habiéndose incorporado nuevos elementos de prueba, que indican al menos como probable que Alday, hubiese intervenido material o ideológicamente en los hechos imputados, corresponde dictar el sobreseimiento parcial y definitivo del mismo en esta causa”.
Sobre la sociedad con Graffigna, y los porcentajes de los juicios del dinero de causas de expropiaciones que Alday terminó cobrando como socio, el juez Correa falló que "si bien existen convenios entre ambos inculpados, por el cual el encartado tendría porcentajes de los honorarios a cobrar en los procesos expropiatorios, que se habían iniciado por el Dr. Graffigna, se trata de una cuestión puramente privada entre ambos profesionales, que atañe a la disolución de la sociedad profesional que los vinculara en su oportunidad”.