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Proceso poco conocido

¿Sabías que se puede declarar la nulidad del matrimonio por Iglesia en San Juan?, los pasos y detalles

El abogado Alberto Sánchez, con más de 30 años de experiencia en causas canónicas, explica cómo es el trámite y los motivos por los que se puede solicitar.

Por Daiana Kaziura

En San Juan, la Iglesia Católica puede declarar la nulidad de un matrimonio religioso cuando se comprueba que el vínculo nunca existió como sacramento. No se trata de un “divorcio” eclesiástico, sino de un proceso formal que analiza si hubo o no consentimiento válido al momento de la unión. El proceso permite incluso volver a casarse por Iglesia, debido a que el casamiento disuelto queda como si nunca hubiera existido. Cómo es el trámite, qué motivos pueden justificar la nulidad, cuánto dura y qué cambió desde las reformas del Papa Francisco.

El abogado Alberto Sánchez se dedicó durante tres décadas a intervenir en causas de nulidad matrimonial eclesiástica dentro de la Iglesia Católica. Inició su labor cuando aún no existía un tribunal eclesiástico en San Juan ni en Mendoza. En aquel entonces debía tramitar los casos en Córdoba, luego en Mendoza, y finalmente, cuando se creó el Tribunal Eclesiástico de San Juan, comenzó a llevar allí sus causas. Hace algunos años decidió dejar la práctica profesional, pero conserva un conocimiento profundo del tema, fruto de sus años de ejercicio.

Al respecto, explica a Tiempo de San Juan que, estos procesos son juicios de nulidad matrimonial, no de anulación. “La diferencia es fundamental: anular significaría dejar sin efecto algo que existe, mientras que declarar la nulidad implica reconocer que el matrimonio nunca existió válidamente como sacramento, por razones establecidas en el Código de Derecho Canónico. Por eso, la Iglesia no ‘rompe’ un matrimonio, sino que declara que el vínculo religioso nunca fue válido desde su origen”, detalla el especialista.

A diferencia del matrimonio civil, que puede disolverse mediante el divorcio, el matrimonio religioso es indisoluble. Por eso, lo único que la Iglesia puede hacer es constatar si hubo o no consentimiento válido al momento de la ceremonia.

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Es decir, este reconocimiento no depende del tiempo de duración del matrimonio, ni de si hubo o no hijos, ni de las circunstancias posteriores: lo que se investiga es si al momento del consentimiento, en la ceremonia, existió o no una verdadera voluntad matrimonial. Si el consentimiento estuvo viciado en alguno de los contrayentes, el matrimonio es nulo.

El abogado detalla que el consentimiento canónico se forma con el “sí, quiero” de cada parte: ambos deben expresar libre y conscientemente su voluntad de contraer matrimonio. Si uno de los dos no tiene plena capacidad o intención, o si existen impedimentos legales o morales, el matrimonio no llega a existir como sacramento.

Entre las causas de nulidad previstas por el Derecho Canónico, Sánchez enumera varias a modo de ejemplo, aunque asegura que el listado es larguísimo:

  • Falta de capacidad mental o psíquica: cuando una persona no tiene discernimiento suficiente o presenta una dolencia que le impide comprender las obligaciones del matrimonio.
  • Impedimento de edad: varones menores de 16 años y mujeres menores de 14.
  • Parentesco o consanguinidad entre los contrayentes.
  • Ligamen: cuando una persona ya estaba casada por la Iglesia y oculta ese vínculo.
  • Error en la persona o en una cualidad esencial: por ejemplo, si se casa creyendo que la otra persona tiene determinadas características fundamentales que en realidad no posee (como una fe religiosa profunda).
  • Impotencia física para consumar la unión.
  • Falta de intención de tener hijos, cuando uno de los contrayentes lo decide internamente antes de casarse, sin manifestarlo.

Cómo es el procedimiento y dónde se realiza

El procedimiento comienza con una demanda formal ante el Arzobispado. Allí se le entrega al interesado un cuestionario extenso sobre la historia del noviazgo, el momento del matrimonio y la vida posterior. A partir de esa información, el tribunal analiza si existen indicios de nulidad. Luego se genera lo que se llama la “fórmula de dudas”, donde se establece qué artículos del Código Canónico serán objeto de investigación.

El juicio de nulidad eclesiástica tiene estructura similar a un proceso civil: hay una parte demandante, una parte demandada y un tribunal. A esto se suma una figura particular del derecho canónico, el defensor del vínculo, generalmente un sacerdote, cuya tarea es procurar que no se declare la nulidad salvo que las pruebas sean concluyentes.

El juicio avanza a una etapa probatoria, que incluye declaraciones de las partes, testigos, pericias psicológicas y prueba documental. El psicólogo que interviene debe estar habilitado por el Arzobispo y tener conocimiento específico del matrimonio como sacramento, no solo como institución civil.

Una vez reunidas las pruebas, llega el momento de los alegatos de los abogados, donde valoran la evidencia producida. Después, el defensor del vínculo realiza sus observaciones y éstas se envían nuevamente a los abogados de las partes para que respondan. Finalmente, el tribunal dicta sentencia, que puede declarar la nulidad o mantener la validez del matrimonio.

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El tribunal eclesiástico de San Juan está conformado habitualmente por tres sacerdotes del ámbito local, aunque en algunos períodos han participado también especialistas de Mendoza o San Luis. En todos los casos depende del obispo local. En ciertas diócesis, también pueden actuar jueces laicos, que son abogados.

Los cambios que implementó el papa Francisco

Hasta las reformas del papa Francisco, las sentencias debían enviarse a Buenos Aires para su confirmación por un tribunal superior. Con los cambios impulsados por el pontífice, esa doble instancia fue eliminada: ahora basta con la sentencia local avalada por el obispo diocesano.

El Papa también dispuso la gratuidad de los procesos, que antes requerían pagar aranceles al tribunal para cubrir gastos administrativos. Actualmente, solo se abonan los honorarios de los abogados particulares que asistan a la parte demandante y demandada.

Cuánto puede durar el proceso y quiénes son los que más lo solicitan

Los tiempos varían según la complejidad del caso, pero un proceso puede demorar entre uno y dos años, o más si los testigos viven fuera de la provincia. Las audiencias se realizan en el Arzobispado de San Juan, y en casos de “extraña jurisdicción” pueden tomarse declaraciones por videoconferencia o por escrito desde otros arzobispados.

Sánchez señala que, en sus 30 años de experiencia, siempre tuvo causas activas, al menos una por año, aunque nunca llevó estadísticas. Estima que los juicios de nulidad son mucho menos frecuentes que los matrimonios realmente nulos, entre otras cosas porque muy pocos abogados están habilitados para ejercer en este fuero: “En San Juan nunca fuimos más de cuatro”, precisa. También los peritos psicólogos deben contar con autorización del Arzobispado y conocimiento profundo del Derecho Canónico.

Respecto al perfil de quienes inician estos procesos, el abogado afirma que no hay diferencia entre hombres y mujeres. Lo que los une es una vida religiosa activa y el deseo de regularizar su situación ante la Iglesia. “Hay personas separadas o divorciadas civilmente que no pueden comulgar ni casarse nuevamente por Iglesia. Buscan despejar esa situación para poder rehacer su vida o, simplemente, vivir en paz con su fe”, explica.

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Alberto Sánchez.

Alberto Sánchez.

Sánchez destaca que estos juicios no analizan si la pareja se llevó bien o mal, sino la validez del consentimiento original. Sin embargo, los hechos posteriores (como infidelidades o abandonos) pueden servir como indicios de que uno de los contrayentes nunca tuvo verdadera intención de cumplir lo prometido.

En su práctica, el abogado solía analizar cada caso con especial prudencia. “Jamás tomé una causa si no veía una posible nulidad. Si no la encontraba, lo decía claramente. No se puede jugar con la ilusión de las personas, porque esto tiene que ver con la fe y la conciencia”, subraya.

Para Sánchez, los procesos de nulidad matrimonial son, ante todo, una búsqueda espiritual. “Son personas que quieren vivir conforme a su fe, que sienten la necesidad de hacer las cosas bien ante Dios”, concluye.

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