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Discusión

¿Se puede limitar la cantidad de candidatos en el Sipad? El debate que se viene en la reforma del Código Electoral

La versión de que el oficialismo dejaría en pie el Sipad con algunos cambios, como la limitación de la cantidad de candidatos, está instalada. En este marco, dentro del arco político surgió una duda: ¿se puede?

Por Ana Paula Gremoliche

Con el inicio del 2026, volvieron a tomar relevancia los temas que deberá tratar la Cámara de Diputados de San Juan en este periodo ordinario. Uno de ellos es la reforma del Código Electoral. Con la posibilidad de la continuidad del Sistema Abierto de Participación Democrática (Sipad) con cambios, surgieron algunas dudas. Principalmente, sobre la intención del oficialismo provincial de limitar la cantidad de candidatos. Las opiniones.

Los tiempos políticos cambiaron, por eso para el oficialismo la posibilidad de sostener el Sipad es ahora una opción. Sin embargo, la intención no es dejarla tal cual está según indican algunas fuentes, sino cambiar algunos puntos. Uno es la cantidad de candidatos que se pueden presentar. Por ejemplo, en las elecciones del 2023 en Chimbas se presentaron 33 listas, un número que sorprendió y se tornó inmanejable.

En este contexto, dentro del arco político empezaron a preguntarse cómo se puede limitar la cantidad de candidatos en un sistema que nació bajo la justificación de abrir la participación. Algunos dicen que sería inconstitucional.

Lo cierto es que, como todo en el derecho, hay múltiples interpretaciones. Desde el plano jurídico, hay fuentes jurídicas que señalan que los límites a la cantidad de candidatos solo podrían considerarse válidos si resultan razonables, proporcionales y justificados, ya que de lo contrario podrían transformarse en una restricción arbitraria.

Por otro lado, otros especialistas señalan que cualquier tope debería ser cuidadosamente estudiado y fundamentado, para evitar que termine vulnerando derechos constitucionales básicos, como la libertad de participación política, el derecho a ser elegido y la autonomía interna de los partidos.

De esta manera, si la limitación es justificada, puede ser constitucional para otros.

Cabe recordar que la única restricción temporal para cambiar el Código Electoral es la que establece la Constitución Nacional, de seis meses antes a la elección en la que será usada. Por lo tanto, tienen todo este 2026 para establecer un nuevo sistema.

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