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Declaraciones

Perea, tras la media sanción de la Ley de Glaciares: "Es una satisfacción que se les devuelva a las provincias las facultades de evaluar su ambiente periglaciar"

El ministro de Minería expresó que, para San Juan, la aprobación de la aclaratoria signfiica un “gran paso” y manifestó que se espera la misma aceptación en la Cámara de Diputados.

Por Redacción Tiempo de San Juan

El Senado aprobó este jueves la aclaratoria de la Ley 26.639, mejor conocida como Ley de Glaciares. Tras esta votación, que salió por 40 votos afirmativos, 31 negativos y una abstención, el ministro de Minería de San Juan, Juan Pablo Perea, habló con Tiempo de San Juan y manifestó: “Es una satisfacción que se le devuelva a las provincias las facultades de evaluar su ambiente periglaciar”.

Si bien aclaró que aún resta la sanción en la Cámara de Diputados, Perea manifestó que San Juan cuenta con personal especializado y tecnología suficiente como para evaluar la zona periglaciar. “Que más queremos los sanjuaninos que reconocer y proteger nuestros glaciares, nuestras reservas naturales”, dijo el titular de la cartera de minería.

En este sentido, el funcionario reconoció el trabajo de docencia que se viene haciendo desde el Ministerio, explicando y brindando información sobre esta aclaratoria. “Para protegerlo mejor, había que entenderlo mejor. Es lo que siempre dijimos, y con esta aclaratoria se logra”, planteó.

Cabe recordar que, según indicaron desde diversas cámaras mineras, en San Juan podrían desbloquearse al menos cinco proyectos mineros en caso de que la Cámara de Diputados de la Nación apruebe de manera definitiva la legislación. Los proyectos más comprometidos son Pachón, Altar y Los Azules.

De qué se trata la aclaratoria

La aclaratoria de la Ley 26.639 apunta a definir con mayor precisión el alcance de la protección sobre el ambiente periglaciar, uno de los aspectos más discutidos desde la sanción de la norma en 2010. El debate se centra en cómo se delimitan técnicamente esas áreas y en qué medida pueden interpretarse las restricciones a las actividades productivas en zonas de alta montaña. Quienes impulsan la modificación sostienen que una definición más clara brindaría previsibilidad jurídica y evitaría que queden comprendidas superficies donde no existen glaciares ni funciones hídricas estratégicas debidamente comprobadas.

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