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Minería

Ley de Proveedores: qué piensa el sector libertario de San Juan de esta ley en espera

A fines del 2025 se anunció con bombos y platillos el proyecto de ley en el que el Gobierno provincial estaba trabajando junto a proveedores mineros. Pero, hasta el momento, no hay novedades de su presentación a la Cámara de Diputados. La pata local del presidente Javier Milei, tiene una postura específica sobre el tema.

Por Redacción Tiempo de San Juan

La Ley de Proveedores Mineros, que fue anunciada con bombos y platillos a fines del 2025, está virtualmente en espera, ya que no hay novedades de su ingreso a la Cámara de Diputados de San Juan. Según lo reconstruido por Tiempo de San Juan, el motivo del retraso está concentrado en un solo artículo: el que define el sistema de premios y sanciones y, especialmente, cómo se mide el cumplimiento de las empresas mineras. Sin embargo, desde el sector libertario que representa al presidente Javier Milei hay dudas de cómo esta legislación podría aplicarse de manera efectiva, sin ser restrictivos y efectivamente verificando que aquellos proveedores determinados como locales, sean locales.

El proyecto de ley, compuesto por 23 artículos, propone un esquema flexible basado en el consenso con las operadoras mineras, a diferencia de modelos rígidos aplicados en otras provincias. En lugar de fijar cupos obligatorios, establece metas de hasta 80% de empleo local y 60% de contratación de proveedores sanjuaninos, según la oferta real disponible, y exige a las empresas la presentación de planes progresivos de desarrollo de empleo y de proveedores para alcanzar esos objetivos.

Pese a que la legislación plantea la flexibilidad como punto clave, fuentes legislativas afirmaron que habría habido un pedido desde Nación de pausar por un tiempo la ley. Sobre todo, porque si el país quiere “inspirar libertad sancionando leyes como el Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI), no se le puede dar mensajes equivocados a los inversores”.

En este mismo sentido, desde el sector libertario plantean que esta legislación debe diferenciar muy precisamente cuáles son proveedores locales y cuáles no. Sobre todo teniendo en cuenta los antecedentes de la primera ola de la minería, cuando muchos de ellos “se instalaban” en San Juan solo para operar en Veladero y, cuando Barrick prescindía de sus servicios, desmontaban toda la industria.

Asimismo, desde los referentes de Milei en San Juan pusieron el ojo sobre un fallo de la Corte Suprema de Justicia que limitó a San Juan en el cobro de Ingresos Brutos a empresas sin radicación industrial local (como Quilmes y Molinos). Desde ese espacio sostienen que, así como el máximo tribunal objetó mecanismos que podían interpretarse como discriminatorios entre empresas de distintas jurisdicciones, una normativa que establezca cupos obligatorios o restricciones indirectas a firmas de otras provincias podría enfrentar cuestionamientos similares. Por eso advierten que el diseño final del proyecto, basado en metas progresivas y en la oferta real disponible, será determinante para evitar eventuales impugnaciones judiciales.

En medio de esta discusión, las cámaras de los proveedores mineros piden el tratamiento de esta ley en el recinto local. Es que, según indicaron, “es prácticamente imposible” que las industrias asentadas en San Juan compitan con proveedores chilenos (ya que el proyecto es binacional), debido a la alta presión tributaria que reciben, puntualmente por impuestos nacionales.

La explicación oficial de por qué está frenada la ley

Según fuentes oficiales, la ley de proveedores mineros permanece frenada por un artículo clave vinculado al régimen de evaluación y cumplimiento. El punto más sensible aparece al definir cómo se medirán los compromisos asumidos por las operadoras: el Gobierno analiza un esquema de incentivos o “premios” (que podrían traducirse en beneficios fiscales) para aquellas empresas que alcancen simultáneamente sus metas de empleo y contratación de proveedores locales. El texto evita hablar de castigos, pero abre el interrogante sobre qué ocurrirá si no se cumplen los objetivos fijados en los planes presentados por cada firma. Las sanciones, aún sin detalles precisos, se aplicarían únicamente ante el incumplimiento de esos compromisos propios y contemplarían instancias de justificación ante la autoridad de aplicación. Justamente en ese punto se concentra el debate que mantiene demorada la iniciativa: definir si habrá un piso mínimo obligatorio de contratación o si el único parámetro para evaluar incumplimientos será el porcentaje comprometido por cada empresa en su plan.

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