Los diputados sanjuaninos aprobaron este jueves un cambio que permitirá que las multas por contravenciones (que son las tipificadas en el Código de Faltas), dejen de ser de valor irrisorio y tengan un impacto real en el bolsillo, de manera que cumplan con la función de prevención para la que fueron creadas.
Se trata de la aprobación, que se dio por unanimidad en la Legislatura local, de un proyecto del bloquista Edgardo Sancassani, que modifica el artículo 19º de la Ley 941-R - Código de Faltas de la provincia de San Juan.
El legislador fundamentó que "el Código de Faltas de la Provincia de San Juan es un código que también se ha estado trabajando hace un tiempo atrás para tratar de llegar y tenerlo actualizado. (...) Esencialmente lo que se quiere cambiar acá es el valor de la unidad en que se cobra o se penaliza a los contraventores, la medida del valor que es el JUS. Lo que sucedía, por eso quiero dar los fundamentos, es que los ruidos molestos en algunos eventos, eventos que son de importante y de mucha, digamos, inversión, la Policía iba, me explicaban los vecinos que iban y, bueno, le hacían la multa, pero seguían con la música hasta altas hora de la mañana e iban al otro día y pagaban la multa. Es tan insignificante la multa que lo seguían haciendo".
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Agregó que "encontramos que en el 2008 la fecha, el valor del JUS era 10 pesos. Las multas, obvio, que a esta altura del 2008 hasta hoy son insignificantes. Entonces lo que nosotros proponemos es que el JUS tenga el valor de la unidad tributaria y en este caso un JUS sería 20 unidades tributarias".
También destacó que "lo que pedimos en este caso es que, por lo menos, hasta que tenga su actualización total el Código de Faltas de la provincia de San Juan, actualizar el valor del JUS, que es lo que se le impone a aquellos contraventores del propio Código de Faltas".
En este marco, sobre el particular, el artículo 19°, quedó redactado de la siguiente forma:
Artículo 19° - Multa – Jus - La pena de multa obligará al contraventor a pagar una suma de dinero. La unidad para determinar la cuantía de la multa es el Jus (1J) equivale a veinte unidades tributarias (20 U.T.). En las infracciones que no se fijaren un mínimo, éste nunca será inferior a diez Jus (10 J). El valor actualizado de la Unidad Tributaria (U.T.) es de exhibición obligatoria en la sede de cada Juzgado.