Que tiene problemas cardíacos y en el Penal no le pueden garantizar un tratamiento adecuado, que tiene un nieto de 5 años que ve vulnerado sus derechos como niño y que si por esos motivos a Santiago Graffigna le dieron el beneficio de ir preso a su casa, entonces a él también se lo tienen que dar. Así de claro, conciso y contundente es el pedido de igualdad de trato al del abogado del escándalo de las expropiaciones que hizo Antonio Gary Pontoriero (58) ante el tribunal de la Sala I de la Cámara Penal.
Aún los jueces no resuelven si le darán o no el beneficio legal de ir preso a su casa, más allá de que no tiene una enfermedad terminal y no tiene más de 70 años, que son los parámetros que generalmente tienen los jueces a la hora de conceder la prisión domiciliaria a los varones.
La causa está en la Sala I, pero fuentes judiciales precisaron que es casi seguro que ese tribunal argumente que el planteo lo debe resolver la jueza de Ejecución Penal, Margarita Camus, basado en el hecho de que ese tribunal ya dictó condena sobre Pontoriero y el interno pasa a depender de Camus.
Antonio Gary Pontoriero estuvo vinculado a la Gendarmería Nacional. Antes de ir preso se ganaba la vida como camionero. Y mostró tener un fuerte temperamento cuando cayó preso por segunda vez.
Es que en un principio lo habían tenido que excarcelar porque pasaron más de dos años detenido sin que se dictara una sentencia. Luego se hizo el juicio, lo encontraron culpable de matar a su vecino de un tiro el 9 de abril de 2011 y lo condenaron a 10 años y 8 meses de prisión.
Esa condena fue el 30 de agosto de 2013. Pero la prisión se hizo efectiva recién en octubre último, cuando la Corte de Justicia rechazó el recurso extraordinario de casación que había planteado el defensor oficial Carlos Reiloba.
Entonces la condena de casi 11 años de prisión quedó firme. En ese momento, Gary Pontoriero fue citado a la Sala I, donde le notificaron la decisión y lo volvieron a privar de la libertad.
Dos semanas después, el defensor oficial Reiloba hizo el pedido de prisión domiciliaria en el que cita los mismos problemas y los mismos beneficios que Graffigna, el abogado que está preso por el escándalo de las expropiaciones.
CORAZÓN
"La prisión domiciliaria peticionada procede en tanto que según el certificado médico que se adjunta, mi defendido padecería una enfermedad cardíaca que impediría su adecuado tratamiento en el S.P.P. En lo referente al tratamiento adecuado, debo citar lo plasmado en los Autos N° 3879 Incidente de Detención Domiciliaria de Santiago Graffigna S/ Incidente de Prisión Domiciliaria, de la Excma. Sala Segunda de la Cámara Penal y Correccional: "...se desprende que el Servicio Penitenciario...no cuenta con aparatología para emergencias cardiorespiratorias, no posee psiquiatra y tampoco reune las condiciones y elementos necesarios que se requieren en casos de internación en esa Unidad Carcelaria...." fs. sub 208”, fundamentó el defensor oficial Reiloba ante la Sala I.
NIÑOS
Además de problemas cardíacos, el tribunal de la Sala II de la Cámara Penal también benefició a Graffigna citando los derechos de los niños, ya que dicen que las hijas del abogado se veían perjudicadas por el encierro de su padre, sospechado de haber estafado en cifras siderales al Estado provincial mediante causas de expropiaciones presuntamente infladas.
En eso también se respaldó el defensor oficial Reiloba: "Por otra parte el Sr. Pontoriero informa que tiene un nieto de 5 años de edad a su cargo, con el cual convive. En ese orden de ideas entiendo que se deberán realizar los pertinentes estudios psicológicos y sociales a fin de dilucidar el impacto que pudiera producir la personalidad del menor, la detención de su abuelo. Sobre el particular, cito jurisprudencia de nuestros Tribunales: "....su denegatoria perjudicaría no solo los derechos del encausado, sino también los que trasciende a los hijos menores al ser revictimizados... ello en orden a lo dispuesto por la Convención Internacional Sobre los Derechos del Niño (art. 3°), que obliga a otorgar particular incidencia en la resolución del presente caso, teniendo en cuenta el interés superior del niño...." Autos N° 3879 Incidente de Detención Domiciliaria de Santiago Graffigna S/ Incidente de Prisión Domiciliaria, de la Excma. Sala Segunda de la Cámara Penal y Correccional”.
El planteo está hecho desde hace tres semanas en la Sala I y es uno de los primeros casos que pone a la Justicia entre la espada y la pared porque se sabrá si el beneficio a Graffigna fue un hecho puntual o si se abrió una puerta por la que se beneficiarán muchos más.