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UFI CAVIG

Por el beneficio de la duda, un sujeto que fue acusado de violento zafó del castigo

Si bien la denunciante inició el proceso contra su ex pareja, las autoridades no pudieron encontrarla y, por ello, el juez del juicio dictó la absolución para quien estaba acusado de lesiones leves agravadas.

Por Redacción Tiempo de San Juan

Un caso de violencia de género que llegó a la instancia de juicio terminó con la absolución del acusado por el beneficio de la duda, ya que en el proceso no se pudo quebrar el estado de inocencia del sospechoso. Así lo confirmaron fuentes judiciales vinculadas al caso, en el que José Luis Cabello había quedado en el ojo de la tormenta, sospechado de agredir a su ex pareja, pero que finalmente zafó del castigo.

Es que si bien la denunciante inició el proceso, cuando acudió al CAVIG y originó la investigación de al menos dos episodios de violencia en manos de su ex marido, la misma no pudo ser habida por las autoridades para que prestarse testimonio durante el debate. Por ese motivo, según manifestaron, el juez Diego Sanz dictó la sentencia absolutoria a favor del sujeto.

El mismo estaba acusado por el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo y por el contexto de violencia de género y era investigado desde octubre de 2024. Sin embargo, la no comparecencia de la presunta víctima, que no pudo ser encontrada por los brigadistas de la UFI CAVIG, obligó a la decisión del magistrado.

Fuentes allegadas a la causa indicaron que la denunciante se habría ido a vivir a Mendoza. El fiscal Leonardo Arancibia pretendía sostener la acusación contra Cabello, aunque para el juez los testimonios de oído de los dos supuestos hechos bajo la lupa no resultaron suficiente prueba para dictar una sentencia condenatoria. Es necesario, en tal caso, plena certeza de la comisión del delito, lo que resulta un principio constitucional.

El próximo 30 de junio se conocerán los fundamentos del magistrado, que podrían ser recurridos por el Ministerio Público, si así lo cree conveniente su representante en el expediente. En esa oportunidad se conocerán las razones por las que el sujeto, defendido por la defensora oficial María Emilia Nielson, eludió una pena por el delito de acción pública aunque de instancia privada.

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