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Sentencia del juicio

Lo acusaron de violar a un changarín en la Terminal de Ómnibus y resultó absuelto

El juez consideró que no habían pruebas concretas en su contra y lo absolvió por el beneficio de la duda. El fiscal había pedido que lo condenaran a 9 años de prisión, mientras que el defensor oficial prestó oposición y finalmente consiguió el beneficio para su representado.

Por Redacción Tiempo de San Juan

El trapito que fue acusado de violar a un changarín en la Terminal de Ómnibus resultó absuelto y fue librado de culpa y cargo por decisión del juez de Garantías, Eugenio Barbera, quien consideró que no habían elementos de prueba que sustentaran las sospechas en su contra.

Se trata de Andrés Palma, quien había sido acusado por abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de un hombre de 41 años con discapacidad y que afrontaba una grave pena. Es que el fiscal Mariano Juárez Prieto había solicitado, durante los alegatos, una condena de 9 años de prisión. Sin embargo, el magistrado del juicio dictó la absolución por el beneficio de la duda.

A lo largo del debate y de los más de 20 testimonios que se presentaron en el proceso, para el juez no quedó acreditada la culpabilidad de Palma, luego de haber sido señalado como el autor del delito que sostenían que se había desatado en uno de los baños de la Terminal.

El defensor, Alejandro Martín García, rechazó lo peticionado por el representante del Ministerio Público y aseguró que nunca se probó la participación de su patrocinado. Incluso, manifestó: "El fiscal ha tratado de hacer una interpretación confusa a favor de su teoría del caso, lo cual quedara demostrado el error y la necesidad de la absolución".

El juez Barbera indicó que consideraba plausible la teoría del caso sostenida por la defensa técnica de Palma y por tanto expresó "que ella es respaldada por un marco probatorio que permite justificar la subsistencia de un razonable ámbito de duda".

Además, la autoridad destacó que los elementos incriminatorios recolectados no alcanzan a desvirtuar y destruir el estado de inocencia del imputado. Asimismo, consideró que el plexo probatorio incorporado en el caso resultaba insuficiente para justificar racionalmente y, por tanto, para dar sustento a la imposición de una pena.

Si bien la víctima de la agresión sexual identificó a su atacante con el nombre de 'Andrés', puesto que en teoría lo conocía, la fiscalía no pudo probar de manera concreta que fue el acusado la misma persona. Más allá de algunas referencias y conclusiones que se habían sacado, ninguna prueba pudo demostrar su autoría y por ello fue desvinculado del proceso.

Por el momento, se desconoce si el fiscal Juárez Prieto llevará la causa a una instancia superior, es decir, si apelará el fallo con el objetivo de que el Tribuna de Impugnación lo respalde.

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