Desde que el último 4 de agosto se conocieron los fundamentos del histórico fallo de la megacausa de expropiaciones, que condenó con prisión efectiva a Santiago Graffigna y compañía, nuevos capítulos de la novela judicial se llevaron el foco. Sin embargo, un detalle –que quizás pasó desapercibido entre tanto ruido- resultaría clave y es a dónde iría a parar la nueva causa.
Es que el tribunal no sólo expuso los argumentos por los que dictó la sentencia condenatoria, sino que además y a pedido de las partes realizó una aclaración de algunos de sus puntos. Fue en ese documento donde dejó la puerta abierta para que la investigación que solicitó, sobre la participación de otros nombres, entre ellos el de un juez de Cámara, desemboque en el Sistema Acusatorio.
El procedimiento que pretendía superar ciertas imprecisiones del dictamen de los jueces, Silvina Rosso de Balanza, Matías Parrón y Martín Heredia Zaldo, señaló en uno de sus pasajes que, si la Corte de Justicia llegara a confirmar la resolución, sería la autoridad competente para girar el expediente al fuero que considere conveniente.
De esta manera, quedaría en manos de la máxima autoridad judicial la decisión de instruir la causa con el nuevo Código Procesal de la Provincia -o no- y, como consecuencia, la misma tendría desarrollo en la UFI de Delitos Especiales, dado que el perjuicio que se sospecha es contra la Administración Pública.
En ese sentido, la aclaración manifiesta de manera expresa que el pedido para que se investigue al juez Roberto Pagés Lloveras, al abogado de Horacio Alday, Raúl Alonso y al contador Marcelo Parra irá a parar a la Oficina Judicial Penal de Finalización de Causas del Sistema Mixto, es decir, que ello inicialmente tramitaría con el viejo Código Procesal.
Lo que las fuentes consultadas dijeron al respecto es que, se estima, que todo avanzaría una vez que el fallo quede firme. Ahora bien, ¿cuándo quedaría firme? En ese marco, las fuentes plantearon la duda porque podría ocurrir que transite todas las instancias posibles hasta llegar a la Corte y para esta última no hay plazos, por lo que sería incierto.
No obstante, podría suceder que cada parte interesada, es decir, las defensas de los condenados, exponga los agravios que sufrieron y ataquen el punto resolutorio de la sentencia que les corresponda. Bajo esa lógica, resultaría difícil que alguno de los penados cuestione el pedido del tribunal para que se investigue a Pagés, Alonso y Parra, como así también se resuelva la situación procesal de Carlos Infante y Gustavo Mulet. Ello está registrado en el punto XIX del resolutorio.
Llegado el caso, ¿quedaría firme después de este lunes 18 de agosto? Cuando hayan transcurrido los 10 días hábiles que tuvieron las partes para apelar el fallo.
Si bien no tendrían manera de prestar resistencia a esta situación, los nuevos y posibles imputados podrían realizar una presentación espontánea en la que aseveren que no tienen motivos para ser investigados. De igual modo, se entienden que quedarían bajo la mira.
El Fiscal de Estado, Sebastián Dávila, fue quien realizó el pedido de la aclaración al tribunal, del mismo modo que el defensor de Graffigna, Marcelo Fernández. El querellante pretendía que se hiciera la corrección del fuero en donde comenzaría la nueva investigación, ya que se había dicho que sería la Unidad Conclusiva de Causas y la misma ya no existe.
En declaraciones radiales, el líder de la querella en el juicio dejó entrever que lo ideal sería que sea el Sistema Acusatorio el que intervenga. Es que, a su criterio, a pesar de que se trate un hecho del pasado, se llevaría adelante una nueva investigación y ello sería motivo suficiente como para que actúe Delitos Especiales.
Tras salvar la oscuridad, el tribunal aprovechó la ocasión para cruzar al abogado de Graffigna y nuevo defensor del ex juez Carlos Macchi, en la misma causa. Los jueces lo sancionaron con un apercibimiento por sus declaraciones post veredicto, pues había manifestado que en la sentencia cumplieron con un “mandato”.
Por su parte, fuentes allegadas al juez de la Cámara de Apelaciones en lo Civil no sólo cuestionaron el pedido del tribunal, sosteniendo que un magistrado no puede ser perseguido por sus dictámenes, sino que calificaron de maliciosas las especulaciones sobre una posible destitución.
Más allá de la reacción del entorno del Pagés, pueden darse las condiciones para que sea sometido a un juicio de destitución, siempre que el fallo quede firme y la Corte decida que la investigación en su contra deba realizarse bajo el Código Procesal viejo. Si por el contrario definiera que transite por la nueva justicia, el magistrado se mantendría en el cargo, mientras quedara bajo la lupa del Ministerio Público y sus fiscales.
El 4 de julio de este año y después de 15 años, el tribunal dictó pena para 9 de los 12 imputados, encabezados por Graffigna y Alday, acusados de asociación ilícita y estafa en perjuicio de la Administración Pública por modificar expedientes y crear situaciones ficticias, con la ayuda de funcionarios judiciales y del Ejecutivo, para cobrarle al Estado terrenos expropiados por valores superiores a los reales y debidos.