Cuando se preveía que la megacausa de expropiaciones tendría sus novedades en las apelaciones de las defensas, después del fallo histórico que condenó con prisión efectiva a Santiago Graffigna y compañía, el pedido del tribunal que dictó la sentencia originó una nueva polémica y, por lo tanto, nuevos capítulos tuvieron vida en esta novela judicial de más de 15 años.
Primero se conoció que los jueces penales solicitaron que se investiguen las actuaciones de un juez de la Cámara Civil y de un abogado y un contador vinculados a Horacio Alday, por presunta participación en la asociación ilícita. Luego y, frente a las especulaciones de una destitución del funcionario judicial, fuentes del entorno de Roberto Pagés Lloveras aseguraron que su imputación estaba impedida por un fallo de la Corte de Justicia. Pero, ahora, desde la querella salieron al cruce.
Es que las fuentes allegadas al camarista manifestaron que la orden de los magistrados, Silvina Rosso de Balanza, Matías Parrón y Martín Heredia Zaldo, no tendría peso frente a un dictamen de la máxima autoridad, que falló en su favor, y por tanto descartaron que tuviera que atravesara el proceso de ser investigado por la justicia.
La Corte falló a favor de Pagés en la demanda que le había iniciado la Fiscalía de Estado por sus actuaciones en una causa de expropiación (Luna Benito). La Provincia había intentado anular un proceso judicial y responsabilizar al juez por una supuesta actuación irregular, cuando este se desempeñaba como juez de primera instancia. No obstante, la Sala Segunda de la Corte rechazó el planteo.
Acorde las declaraciones del círculo del juez de Cámara, se puede interpretar que su estrategia se centra en ese dictamen y la supuesta jurisprudencia que conformaría, ya que destacaron que se ratificó su inmunidad funcional y la independencia judicial que garantiza la Constitución Provincial. Es decir, que un juez no podría ser demandado ni responsabilizado legalmente por el contenido de sus sentencias.
Sin embargo, desde la querella indicaron que ello no lo exime de la responsabilidad penal y no dudaron en decir que, sostener el argumento que sostiene resulta un "absurdo judicial". "Afirmar lo que afirman las fuentes allegadas a Pagés es derogar una docena de artículos del Código Penal, porque es establecer un bill de indemnidad para un magistrado. La responsabilidad penal nunca puede ser dejada de lado", explicaron.
En ese sentido, las fuentes de la querella se preguntaron: "¿O sea que un magistrado nunca va a ser va a poder ser juzgado penalmente?". Advirtieron que el fallo de la Corte sentencia que no puede ser juzgado en el ámbito civil por sus responsabilidades civiles, lo que no aplica a sus responsabilidades penales porque los jueces no son seres superiores y que si hay sospechas de delito, deben ser investigados.
Además, desde la querella develaron que la Corte no se refirió a la cuestión de fondo, sino que rechazó el planteo de la Fiscalía de Estado por la forma en que se hizo. "Se dejó firme la sentencia de la Cámara porque formalmente era inadmisible el recurso extraordinario. Ahora, ¿dónde dice la Corte que el juez no tiene responsabilidad penal? En ningún momento lo dice, porque eso es un absurdo", sentenciaron.
La estrategia de Pagés presenta similitudes a lo que en su momento declaró el juez condenado por la defraudación a la Administración Pública en la megacausa, Carlos Macchi. Según las fuentes de la querella, la que curiosamente no pidió en sus alegatos que Pagés fuera investigado -aunque sí lo hicieron otras defensas-, lo justo sería que el camarista sea investigado porque habría tenido la misma participación que tuvo el ex juez Macchi, quien fue destituido y finalmente resultó castigado a 6 años y 2 meses de prisión.