Estafa millonaria a Un Rincón de Napoli: la Fiscalía pidió el sobreseimiento de los dos acusados que no llegaron a juicio abreviado
El Ministerio Público Fiscal presentó un dictamen de sobreseimiento para Manuela Nahir Luna Ruiz y Ángel Ezequiel Romero, vendedores de productos cárnicos y consideró que “no han tomado participación en el hecho investigado”.
En lo que parece ser uno de los capítulos finales de la causa que terminó con 11 de los 13 trabajadores condenados por una estafa de $35.000.000 a Un Rincón de Napoli, el Ministerio Público Fiscal presentó un dictamen de sobreseimiento para dos de los acusados que no aceptaron el juicio abreviado ni admitieron culpa en el hecho.
Manuela Nahir Luna Ruiz y Ángel Ezequiel Romero, vendedores de productos cárnicos acusados en la estafa millonaria a Un Rincón de Napoli quedarían sobreseídos.
Se trata de Manuela Nahir Luna Ruiz y Ángel Ezequiel Romero, vendedores de productos cárnicos, defendidos por los Dres. Vera y Zuleta, respectivamente. A consideración del fiscal Guillermo Heredia, “no han tomado participación en el hecho investigado” en el legajo, según consta en el documento fechado el 10 de diciembre.
Heredia aseguró que ni la evidencia recolectada, ni los testimonios y confesiones del resto de los imputados permiten contar con fundamentos suficientes para requerir la apertura de juicio oral contra Luna y Romero. Además, indicó que ya se encuentran agotadas las tareas investigativas y que no existe posibilidad razonable de incorporar nuevos elementos de prueba.
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A la derecha, el fiscal del caso Guillermo Heredia.
En este sentido, no se advirtió relación alguna con los once condenados por la estafa consumada y reconocida. Por lo tanto, concluye el documento: “se considera que corresponde declarar el sobreseimiento total y definitivo de Luna Ruiz, Manuela Nahir, y de Romero Ángel Ezequiel, y así cerrar definitivamente la investigación penal preparatoria”.
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Los 11 condenados por la estafa millonaria a Un Rincon de Napoli.
Por el caso, el pasado 11 de agosto el juez Sergio López Martí condenó, mediante juicio abreviado, a Jesús Núñez, Walter Mauricio Espejo Salinas y Germán Andrés Jofré a 3 años de prisión condicional como autores responsables del delito de estafa. También fueron condenados Pedro David Rodríguez, Alberto Ariel Galeote, Heber David Fernández, Ricardo Nicolás Giordano, Carlos Javier Asís, Jorge Alejandro Brizuela, Germán Antonio Mallea y César Orlando Luna a 2 años y 6 meses de prisión condicional por el delito de estafa, en calidad de partícipes necesarios.
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Juez Sergio López Martí.
El modus operandi revelado en la investigación consistía en la entrega de una cantidad menor de carne respecto de la realmente comprada por el establecimiento comercial. Es decir, manipulaban los registros y el resto de la carne —entre reses, cuartos delanteros y piernas vacunas— la vendían de forma particular. Los diferentes productos provenían de empresas como “Carnes Parra”, “Carnes San Agustín” y “Carnes Aguilera”, no involucradas en la maniobra.
Todo esto fue captado por las cámaras del local. De acuerdo con las filmaciones, los hechos fueron cometidos los días 18, 19, 20, 23, 24, 26 y 27 de diciembre de 2024, y el 3, 4 y 6 de enero de 2025.
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El proceso contó con un importante movimiento de abogados defensores.
El proceso contó con un importante movimiento de abogados defensores, quienes acordaron las penas con reconocimiento de responsabilidades, entre ellos Sandra Leveque, Carlos Torres Castro, Martín Susso Godoy, Rodrigo Pardo, Nicolás Navarro Correa, Juan Humberto Fonzalida, Juan Antonio Bogni, Jorge Aguiar y Horacio Merino.