Como pocas veces sucede, un juez se sentó en el banquillo de los acusados en Tribunales y resultó imputado por lesiones culposas, después de chocar a un motociclista y fugarse de la escena. Se trata de Enrique Mattar, el titular del Tercer Juzgado de Faltas, quien está siendo investigado por un siniestro vial que protagonizó el 6 de mayo pasado.
Acompañado por su abogado Mario Padilla, el magistrado no sólo fue cuestionado por la fiscalía por las consecuencias del impacto que provocó en la humanidad del damnificado, sino también por infringir al menos cuatro artículos de la Ley Nacional de Tránsito, la que -paradójicamente- hace cumplir desde su función como juez de Faltas.
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Frente al juez de Garantías Matías Parrón, el fiscal Roberto Ginsberg y el ayudante fiscal Emiliano Pugliese expusieron los detalles del incidente y aseveraron que la autoridad cruzó el semáforo en rojo, rosó la motocicleta e, inmediatamente, se fugó del lugar sin prestar auxilio al lesionado.
Si bien se barajó que la audiencia fuera a puertas cerradas, dado que el defensor habría deslizado al operador de sala sus intenciones de impedir el acceso a la prensa, "por cuestiones de salud emocional" del imputado, finalmente el juez Parrón dio lugar al trabajo de los periodistas sin restricciones.
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En una apretada sala 3 del subsuelo de Tribunales, Mattar -en el foco de la polémica- evitó declarar ante su par, anticipando que en algún momento del proceso podría hacerlo. Mientras tanto, su defensor se mostró conforme con los 4 meses de Investigación Penal Preparatoria y con las medidas coercitivas solicitadas por el Ministerio Público, concedidas por Parrón. Además, dejó la puerta abierta a una posible conciliación.
De tal manera, se comprometió a someterse al proceso y no obstaculizar la investigación quien fue responsabilizado de provocar lesiones leves al motociclista que lo denunció penalmente.
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Una paradójica acusación
Los representantes de la UFI de Delitos Especiales imputaron a Mattar por la infracción al artículo 94 del Código Penal, aunque al tratarse de un tipo penal abierto, le endilgaron la violación a los artículos 39, 44, 64 y 65 de la Ley Nacional de Tránsito. Curiosamente, dicha legislación es la que él mismo obliga a cumplir en su tarea como juez de Faltas.
Mattar, por su labor, interviene en el juzgamiento de contravenciones e infracciones menores, es decir, hechos que no llegan a ser delitos penales graves pero que afectan el orden público, la convivencia o el cumplimiento de normas provinciales y municipales, como la ley de tránsito.