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En Tribunales

Absolvieron por el beneficio de la duda al periodista sanjuanino acusado de abusar de una niña

El juez Sergio López Marti absolvió a Víctor Hugo Panis, el periodista que era juzgado por el supuesto abuso de una nena. La fiscalía adelantó que apelará el fallo.

Por Redacción Tiempo de San Juan

En la tarde de este viernes se conoció el veredicto del juicio contra un periodista sanjuanino acusado de abusar sexualmente de una nena. El juez Sergio López Marti absolvió a Víctor Hugo Panis por el beneficio de la duda, al considerar que las pruebas presentadas no alcanzaron para acreditar su responsabilidad en el hecho.

La fiscal Valentina Bucciarelli y la ayudante fiscal Luciana Fasoli, pertenecientes a la UFI ANIVI, consideraron que la autoría del delito sexual estaba probaba y en los alegatos pidieron la pena de 3 años de prisión en suspenso. Muy distinto fue lo que planteó la defensora oficial Sandra Leveque, que solicitó la absolución al sostener que no había pruebas.

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El juez de garantías Sergio López Marti fue quien dictó el veredicto.

El juez de garantías Sergio López Marti fue quien dictó el veredicto.

La denuncia contra el periodista Víctor Panis fue radicada en octubre de 2024. La investigación formal comenzó el 27 de noviembre de ese mismo año, fecha en la que quedó imputado por el presunto delito de abuso sexual simple. Desde entonces, el acusado atravesó el proceso judicial en libertad, situación que mantuvo durante el juicio.

El hecho investigado involucra a una menor que declaró que, años atrás, fue objeto de manoseos por parte del periodista. Según la acusación fiscal, la víctima sufrió un grave daño psicológico y mantuvo el silencio durante largo tiempo. Recién el 20 de octubre de 2024, luego de que se autolesionó, la adolescente contó lo ocurrido a su madre, quien formalizó la denuncia al día siguiente en la UFI ANIVI.

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La ayudante fiscal Luciana Fasoli y la fiscal Valentina Bucciarelli, ambas de la UFI ANIVI.

La ayudante fiscal Luciana Fasoli y la fiscal Valentina Bucciarelli, ambas de la UFI ANIVI.

Durante el debate, la Fiscalía insistió en que el testimonio de la víctima, sumado a los informes psicológicos, resultaban suficientes para lograr una condena. Sin embargo, la defensa sostuvo que no existía evidencia concluyente y cuestionó las demoras en la denuncia, además de señalar inconsistencias en los relatos.

El acusado ya había sido mencionado en otras causas judiciales. En 2011 fue denunciado por abuso, aunque esa causa no prosperó. En 2019, una mujer venezolana lo acusó públicamente de haberla golpeado y retenido en su vivienda, pero esa denuncia tampoco figura en su prontuario. Su defensora afirmó que nunca se radicó formalmente.

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La defensora oficial Sandra Leveque.

La defensora oficial Sandra Leveque.

Panis es conocido en redes sociales por presentarse como periodista y por conducir un programa llamado “Ellos Nos Pertenecen”, en el que trabaja con niños y jóvenes con discapacidad.

La sentencia absolutoria no implica una declaración de inocencia, sino que se basa en la falta de elementos probatorios suficientes. El fallo del juez López Marti dejó en claro que primó el beneficio de la duda, tal como establece el principio jurídico "in dubio pro reo". Los fundamentos se conocerán el próximo 11 de agosto. La fiscal Bucciarelli y la ayudante fiscal Fasoli no salieron conformes e hicieron reserva para apelar el fallo ante los tribunales superiores.

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