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Sobreseen a un sujeto acusado de disparar y casi quitarle la vida a un joven en Rivadavia

El hecho ocurrió en mayo de 2025 y dos personas fueron condenadas por este hecho. Con el tercero, uno de los primeros en ser aprehendido e identificado como Sergio Paredes, no encontraron pruebas en su contra para ser sometido a juicio.

Por Redacción Tiempo de San Juan

En una audiencia celebrada en sede de Tribunales, un juez de Garantías le dictó el sobreseimiento definitivo de Sergio Paredes, culminando así la acción penal en su contra. El imputado había sido uno de los primeros aprehendidos tras el violento episodio de sangre registrado en mayo de 2025 en Rivadavia. Tras una exhaustiva Investigación Penal Preparatoria (IPP), las autoridades judiciales determinaron que no existen elementos de convicción suficientes para sentarlo en el banquillo de los acusados.

La novedad judicial se concretó luego de que el Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal Oscar Ghilardi de la UFI Delitos Contra la Propiedad, concluyera formalmente que las tareas investigativas desplegadas a lo largo de los últimos meses no arrojaron evidencias incriminatorias de peso contra el sospechoso. Ante la falta de mérito para sostener una acusación formal en un debate oral y público por el ataque contra Hernán Paredes, el representante fiscal solicitó formalmente la extinción de la persecución penal.

Por tal razón, la fiscalía peticionó este lunes al juez de Garantías, Maximiliano Eugenio Barbera, que Sergio Paredes fuera absuelto y sobreseído de forma definitiva bajo los términos del Artículo 356, inciso 5 del Código Procesal Penal de la Provincia, el cual estipula de manera taxativa: “Agotadas las tareas de investigación, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos de prueba y no hay fundamentos suficientes para requerir la apertura del juicio”. Tras sopesar los argumentos fiscales y la carencia de probanzas directas, el magistrado hizo lugar al planteo defensivo y fiscal, desvinculando legalmente al ciudadano.

El hecho matriz que originó la causa penal se remonta a la noche del viernes 30 de mayo de 2025, en las inmediaciones del Lote Hogar 53 y el barrio Cerro Blanco, en la localidad de Marquesado, Rivadavia. En un principio, el caso fue catalogado bajo la presunta calificación de tentativa de homicidio en ocasión de robo. La hipótesis inicial de los investigadores sugería que Paredes y otro sujeto de apellido Ortiz (ya condenado) había golpeado y disparado en la nuca a Hernán Paredes con el único propósito de sustraerle su teléfono celular. La gravedad de la herida de bala dejó al joven en estado crítico, bajo un coma inducido en la Unidad de Terapia Intensiva del Hospital Guillermo Rawson.

En el marco de los primeros y urgentes allanamientos realizados por la brigada policial, Sergio Paredes (conocido en la zona bajo el alias de "El Doblado") fue señalado y detenido debido a sus antecedentes penales previos -ya lo habían condenado por asesinato-, dictándosele en aquel entonces la medida de prisión preventiva junto a otro implicado de apellido Ortiz.

Sin embargo, conforme avanzó la recolección de testimonios, las pericias científicas y el análisis de la escena, la plataforma fáctica de la Unidad Fiscal sufrió un giro drástico e inesperado. Las evidencias demostraron que el trasfondo de la agresión armada distaba sustancialmente de un asalto callejero. Se comprobó fehacientemente que la supuesta víctima, Hernán Paredes, había ingresado a una vivienda ajena con aparentes intenciones de cometer un ilícito, contexto en el cual los residentes reaccionaron efectuando los disparos.

Esta reformulación del caso derivó en que, meses atrás, dos de las personas involucradas en el hecho fueran condenadas bajo figuras penales atenuadas (vinculadas al exceso en el ejercicio de la defensa o el abuso de armas) y recuperaran de inmediato su libertad ambulatoria al recibir penas de ejecución condicional.

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