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Judiciales

A pesar que había un acuerdo entre Fiscalía y defensa por un hecho en Flagrancia, un juez se declaró incompetente

El autor del delito iba a recibir la suspensión de juicio a prueba, pero el magistrado decidió declararse incompetente y pasó la causa al Sistema Acusatorio Adversarial.

Por Redacción Tiempo de San Juan

Una audiencia en Flagrancia terminó generando un fuerte debate procesal luego de que el juez interviniente se declarara incompetente, pese a que tanto el Ministerio Público Fiscal como la defensa habían arribado a un acuerdo para resolver el conflicto penal mediante la suspensión de juicio a prueba o más conocida como probation.

La causa contra Ramón Eduardo Nievas es investigada por el presunto delito de encubrimiento y estuvo a cargo del fiscal Francisco Micheltorena y la asistencia de Eduardo García Thomas. En la audiencia se había consensuado una salida alternativa que no implicaba juzgamiento sobre el hecho, sino la aplicación de una probation.

Sin embargo, el juez Carlos Lima resolvió de oficio declarar la incompetencia del Procedimiento Especial de Flagrancia y dispuso la remisión de las actuaciones a la UFI Delitos Contra la Propiedad, dentro del Sistema Acusatorio Adversarial.

El antecedente inmediato que tuvo otra resolución

Hace casi un mes se había registrado un hecho de similares características en el que el propio fuero de Flagrancia intervino y se declaró competente, validando el trámite inmediato del caso. En aquella oportunidad, la Justicia sanjuanina avaló la intervención urgente ante un robo detectado en plena huida, consolidando el criterio amplio de aplicación del instituto.

En esta nueva causa, tanto el MPF como la defensa sostuvieron que, para resolver la competencia, no se requiere certeza plena sobre los extremos fácticos, sino una probabilidad razonable respecto de las circunstancias que habilitan la intervención del fuero de Flagrancia. Además, remarcaron que no existía contradicción entre las partes, por lo que la declaración de incompetencia de oficio configuraría -a su entender- una infracción a las reglas del proceso acusatorio.

El hecho que pasó al Sistema Acusatorio y que investigará UFI Delitos Contra la Propiedad

El caso tiene origen en un episodio ocurrido el 23 de febrero de 2026. La víctima había denunciado el 4 de noviembre de 2025 el robo de su motocicleta Zanella ZB en el Barrio Los Cardos, en el departamento Chimbas, tras un asalto sufrido en la calle. La denuncia fue radicada en la Comisaría 17ma e intervino la UFI Delitos Contra la Propiedad.

Casi cuatro meses después, el damnificado se encontraba detenido en el semáforo de calles Arenales y Conector Sur cuando advirtió que a su lado se colocaba una moto idéntica a la que le habían sustraído. Al observarla con detenimiento, aseguró reconocerla como propia y se lo manifestó al conductor, quien inmediatamente emprendió la fuga, atravesando varios semáforos en rojo.

Mientras lo perseguía, la víctima dio aviso al 911 y aportó las características del rodado y del conductor. Personal de la Subcomisaría Villa Hipódromo lo interceptó en inmediaciones de calles Dr. Ortega y Paula Albarracín de Sarmiento. En el lugar, el damnificado reconoció la motocicleta como de su propiedad.

Los efectivos constataron que la patente no coincidía y que el número de identificación del motor se encontraba limado, mientras que el del chasis aparentemente no coincidía con el original. Ante esa situación, el fiscal consultado indicó que, más allá de la denuncia previa radicada en otra UFI, correspondía iniciar actuaciones por encubrimiento, dando origen al Procedimiento Especial de Flagrancia.

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