Por Gustavo Martínez Puga
Finalmente la Justicia investigará a la doble tragedia de la escombrera estatal ubicada en Chimbas como un delito ambiental, cuya pena es menor a la de un simple homicidio culposo, según confirmó a Tiempo de San Juan el juez Daniel Agudo, del Primer Juzgado Correccional.
"Los técnicos de la Universidad Nacional de San Juan (UNSJ) determinaron que fueron residuos tóxicos los que provocaron las dos muertes. Ese peritaje fue clave para tener el marco legal a seguir en la investigación, la cual ahora se hará en el marco de lo que indica el artículo 56 de la ley 24.051 de Residuos Peligrosos”, informó el juez Agudo.
En noviembre de 2014, Mercedes Montiveros (48) y su hija Mayra Illanes (22) tocaron residuos tóxicos activados –sin el debido tratamiento- que habían sido arrojados en el interior de una escombrera estatal ubicada en un predio de Chimbas. Días después murieron por las quemaduras. La doble tragedia se produjo en momentos que madre e hija buscaban piedras para hacer suvenires para el casamiento de la joven.
Tras la detención y excarcelación del encargado de la empresa mostera ENAV S.A. que habría arrojado esos residuos activados, Federico Breus, y el chofer del camión de esa empresa, quien llevó esos residuos y los arrojó en el predio, Germán Díaz, la duda en el juez Agudo fue si estaba en presencia de un delito ambiental o si se trataba de un homicidio culposo simple.
Si bien en ambos casos el homicidio es culposo, es decir que se produjo sin intención, el marco legal y las penas son diferentes: para el homicidio culposo simple la pena es más severa, ya que va de los 6 meses a los 5 años de prisión, según el artículo 34 del Código Penal Argentino. Mientras que en el marco de un delito ambiental la pena es de 6 meses a 3 años de prisión, por lo que sí o sí su aplicación es en suspenso.
Dice el artículo 56 de la ley 24.051: "Cuando fuere cometido por imprudencia o negligencia o por impericia en el propio arte o profesión o por inobservancia de los reglamentos u ordenanzas, se impondrá prisión de un (1) mes a dos (2) años. Si resultare enfermedad o muerte de alguna persona, la pena será de seis (6) meses a tres (3) años”.
El juez Agudo entendió que necesitaba que científicamente le determinaran si los residuos que tocaron las dos mujeres eran o no tóxicos. Por eso fue que le encargó ese trabajo a la UNSJ. Y ahora, cinco meses después de la doble tragedia, el Instituto de Ingeniería Química de la UNSJ determinó que esos eran residuos tóxicos.
AHORA, INDAGARÁN
Despejada esa duda, ahora el paso siguiente que dará el juez Agudo será la indagatoria a los responsables directos de la empresa ENAV, el gerente Breus y el chofer Díaz. Ambos pueden declarar o también pueden negarse a hacerlo.
De ese acto procesal es muy posible que se produzcan nuevas citaciones a indagatorias, ya que se determinará cómo fue la cadena de responsabilidades en el tratamiento de esos residuos peligrosos.
Quienes también serán citados, pero a una declaración testimonial, serán el sereno y el encargado de la escombrera estatal ubicada en Chimbas.
De todos esos testimonios, es posible que el juez Agudo decida citar a más gente que pudo estar involucrada en la cadena de responsabilidades de la doble tragedia.
LA FRASE
"Los técnicos de la UNSJ determinaron que fueron residuos tóxicos los que provocaron las dos muertes. Ese peritaje fue clave para tener el marco legal a seguir en la investigación”.
Daniel Agudo, juez correccional.
LA CIFRA
$3 millones
Es lo que demandó civilmente la familia de las dos mujeres muertas en la escombrera estatal.
EL DATO
El predio estatal estaba señalizado pero no cercado al momento de la doble tragedia. Luego pusieron un alambrado, pero fue robado.