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Polémica en la masacre de Chimbas: ¿Fue doble homicidio?

Tras los dichos del fiscal Fabricio Medici sobre el crimen de la mujer embarazada, en los que no contempla al doble homicidio como calificación de la causa, Tiempo de San Juan consultó a abogados penalistas. Leé que opinaron.

Por Redacción Tiempo de San Juan
En diálogo con Radio Sarmiento, el fiscal que interviene en la causa del crimen de la mujer de Chimbas, Fabricio Medici, expresó que la calificación correcta del caso es "homicidio agravado en concurso con un aborto". Sin embargo, la duda surge a partir del embarazo de seis meses que tenía Estela Bustos, la mujer asesinada. Por ese motivo, nació a polémica de cómo debería caratularse de causa. 

En la consulta realizada por Tiempo de San Juan, algunos acordaron y otros opinaron de forma diferente a la óptica del fiscal. 

En el caso del abogado César Jofré, la causa debería ser calificada como doble homicidio agravado por el vínculo, por alevosía y por la reincidencia por tres razones fundamentales. La primera encierra el concepto que el principal sospechoso era pareja de la persona asesinada. La segunda tiene relación con el modo en que se llevó a cabo el asesinato. Y la tercera, con la reiteración de delitos que tiene a cuestas el sospechoso.

Por todo ello, se considera que hubo homicidio y, en consideración del embarazo de la mujer, se entiende que se mató a dos vidas, ya que para la Legislación la vida comienza al momento de la concepción y no a partir del nacimiento. 

Para la opinión del abogado Fernando Castro, todo depende de las pericias que afirmen que el bebé estaba vivo. En ese caso, la carátula más precisa sería la de doble homicidio agravado por ensañamiento y por alevosía, sin ningún atenuante. "Primero que nada debería ser calificado como femicidio por las características del hecho", agregó. 

El tercero en ser consultado fue Ricardo Moine y coincidió con lo dicho por el fiscal Medici. "Es homicidio  en concurso real con aborto, con dolo directo y dolo indirecto". Directo se considera porque mató a la mujer e indirecto porque al terminar con la vida de la embarazada, terminó con la vida del feto. "Es importante diferenciar que en el Código Penal se distingue el homicidio del aborto por el nacimiento. Es decir, hay homicidio cuando la persona nació y es aborto cuando es feto", aseveró.

En cuanto a la pena que debería recibir el principal sospechoso los abogados acordaron con la misma conclusión: perpetua. "Es tan aberrante  y claro el hecho que no cabe duda que la condena debería ser esa", explicó Castro. Por su parte, Jofré dijo que indudablemente el fallo tendría que ser perpetua. "Aunque después de veinte años cumplida la pena intente la rebaja y la conmuta, los delitos que cometió además del asesinato, como obligar la complicidad de los menores, influirán de manera negativa", aseguró. De la misma manera, Moine fue categórico en decir que la condena debería ser perpetua. "Las cosas podrían cambiar un poco si se descubre que hubo alguien más implicado, pero es algo difícil, todo depende de la investigación", adjuntó.                

 
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