Por Gustavo Martínez Puga
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Se resolvió el 4,78 %; “estamos bien”
El número es chico. Muy chico. Esto es si se tiene en cuenta que es la respuesta de la Justicia al reclamo de seguridad que le pide la comunidad: el 4,78 % de las causas ingresadas en los últimos 5 semestres fueron resueltas.
Sin embargo, los jueces entienden que “estamos bien”. Así le comentaron a Tiempo de San Juan una jueza correccional, dos jueces de instrucción y un camarista penal. ¿Por qué dicen eso? Porque dicen que ese parámetro responde a las estadísticas de lo que pasa en el mundo.
“Es lo que se resuelve en los Estados Unidos y en el mundo”, coincidieron por separados los cuatro jueces consultados.
Según el trabajo hecho por la Corte para Tiempo de San Juan, para las “causas resueltas” fueron computadas las resoluciones dictadas por los tribunales de Primera Instancia que ponen fin a los procesos, como los sobreseimientos dictados en los juzgados de instrucción y los sobreseimientos y sentencias de juicio en los juzgados correccionales.
En los últimos 5 semestres, la Justicia registró el ingreso de 68.382 causas. De ellas, tuvieron una resolución 3.275 causas, es decir, el 4,78 %.
Igual, dentro de esas estadísticas oficiales, la gran mayoría de las “causas resueltas” figuran como “sobreseimientos”, pero no está descripto sin fue por prescripción, es decir, que el delito se venció sin que den con un culpable, o si fue por la falta de pruebas contra un sospechoso.
Prioridades
El artículo 14 del Código de Procedimiento Penal establece el sistema de prioridad que el juez le debe dar a las causas:
1) Cuando se encuentren personas privadas de libertad, cualquiera sea la naturaleza de la acción ejercida.
2) Cuando se investiguen delitos en los que hayan actuado como autores, partícipes o encubridores, funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, de conformidad a los tipos específicos contenidos en el Código Penal.
3) Cuando el delito haya sido cometido en perjuicio de la Administración Pública.
4) cuando el hecho, por su naturaleza o importancia, produzca conmoción.
5) Cuando la tramitación sea compleja a causa de la pluralidad de hechos, del elevado número de imputados o de víctimas, o por tratarse de delincuencia organizada.
6) Cuando el delito haya sido cometido mediante el uso de armas.
7) Cuando el delito se cometa con toma de rehenes.
8) Cuando se trate de procesos con imputados que revistan la calidad de reincidentes o reiterantes.
