La Cámara Federal porteña tomó su decisión en cuanto a la denuncia que la actriz Florencia Peña había realizado contra dos diputados opositores, Fernando Iglesias y Waldo Wolff, luego de que fuera agraviada por la visita a la Quinta de Olivos en plena pandemia. Determinaron que esa denuncia se cierre por "inexistencia de delito".
En ese sentido, los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah anularon un fallo de primera instancia que rechazó un pedido de sobreseimiento de ambos legisladores, por medio de una "excepción de falta de acción por inexistencia de delito". Ambos diputados habían sido denunciados por la actriz tras la publicación de una serie de mensajes que consideró misóginos y sexistas en Twitter, en el marco de una visita al Presidente.
QUÉ DIJERON LOS DIPUTADOS
Iglesias publicó un tuit en el que expresaba: "Para mí, la señorita iba a ayudarlo a encontrar la perilla que enciende la economía para poner a la Argentina de pie". Wolff respondió: "Pero ella de rodillas no?".
El voto mayoritario de la Cámara anuló el fallo de primera instancia del juez Marcelo Martínez de Giorgi puesto que "no explicó cuál era la calificación normativa que los eventos podrían tener ni por qué resultaba acertada o desacertada la alegación sobre que, la atipicidad de aquellos era evidente y manifiesta".
Irurzun y Farah reprocharon al juez de primera instancia que no ahondó la investigación para determinar si el contenido de los tuits" estaba vinculado con alguna actividad del Congreso de la Nación en la cual tuvieran participación los legisladores, o si las expresiones fueron realizadas a título personal, ajena a sus funciones oficiales". En ese contexto, advirtieron que también deberá analizarse "la operatividad de la inmunidad de opinión" de los diputados de Juntos por el Cambio.
En disidencia, el tercer integrante de la Sala, Roberto Boico, reivindicó los tratados internacionales y las políticas públicas sobre las agresiones y discriminación contra las mujeres y se inclinó por ratificar el fallo de primera instancia. Pero su postura quedó en minoría y ahora el juez Martínez de Giorgi deberá dictar una nueva resolución, acorde a las recomendaciones de los camaristas Irurzun y Farah.
(Fuente: Crónica)