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Otra vez la Anmat prohibió productos alimenticios y médicos

El organismo publicó tres disposiciones en el Boletín Oficial con el listado. Hay alimentos y sobre todo productos de higiene.

Por Redacción Tiempo de San Juan
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió hoy la comercialización de productos alimenticios y el uso y la comercialización de productos domisanitarios y médicos a través de tres disposiciones publicadas en el Boletín Oficial.

La disposición 1462/2017 prohíbe la comercialización en todo el territorio nacional de suplementos dietarios a base de cafeína pura, a los que describe como ilegales. "No corresponde autorizar suplementos dietarios de cafeína anhidra de manera aislada o formando parte de una composición", establece la norma en sus considerandos.


"Tratándose de productos que no encuadran en la normativa vigente, no pueden ser producidos, elaborados y/o fraccionados, importados, comercializados ni expendidos en el territorio de la República", sintetiza.

Se prohíbe la comercialización en todo el territorio nacional de los productos "Powesa, bio CAFEINA, NATURAL CAFFEINE OF GUARANA EXTRACT, Suplemento Dietario a Base de Guaraná y Vitamina B1", "PROLAB, PERFOMANCE SIMPLIFIED, CAFFEINE, ENERGY FOCUS ENDURANCE, DIETARY SUPPLEMENT", "NVS LABS, CAFFEINE TABLETS, 100% PURE, Pure Pharmaceutical Grade Dietary Supplement", "AI SPORTS NUTRITION CAFFEINE, Dietary Supplement".


La Anmat también prohibió el uso y la comercialización de productos domisanitarios, que son aquellas sustancias o preparaciones destinadas a la limpieza, lavado, odorización, desodorización, higienización, desinfección o desinfestación. La disposición 1463/2017 involucra a alguicidas-funguicidas, bactericidas y cloro.

La prohibición, que rige en todo el territorio nacional, es de todos los lotes de los siguientes productos:


Alguicida-funguicida, bactericida, máxima protección NEWCLOR, Cont. Neto 500 cc ideal para piletas de lona PAMS 27871 RNE 020035491 RIN 2897648 RNPUD exp. 2110-857-13-2 Lote ilegible, Establecimiento Elaborador 4112-3566/03;

Clarificador, floculante, precipitante, NEWCLOR, máxima protección Cont. Neto 1 litro PAMS 027870 RNE 020035491 RIN 283161/2 RNPUD 2110-857-13-2. Establecimiento Elaborador 4112-3566/03;

Cloro para piscinas CARREFOUR Cont. Neto 10 litros Hipoclorito de sodio 111 grs.Cl/l a la salida de fábrica RIN 2897648 PAMS Cert, N° 27434 RNE 02003549 Sin dato de RNPUD Establecimiento Elaborador 4112-3566/03. Consumir preferentemente dentro de los 120 días de envasado.

Lote 151 05 del producto rotulado como: "Clarificador, floculante, precipitante, NEWCLOR, super concentrado Cont. Neto 1 litro PAMS 027870 RNE 020035491 RIN 283161/2 RNPUD 2110-857-13-5 Lote 151 05 (poco legible) Env. OCT 15 Vto. OCT. 17 Establecimiento Elaborador 4112-3566/03" y del Lote 150706 del producto rotulado como: "Alguicida, antibacteriano, NEWCLOR, máxima protección Cont. Neto 1 litro PAMS 02781 RNE 020035491 RIN 283161/2 RNPUD 2110-857-13-2 Lote 150706 Env. Jul 15 Vto. Jul 17 Establecimiento Elaborador 4112-3566/03".

El organismo que lleva adelante los procesos de autorización, registro, normatización, vigilancia y fiscalización de productos en todo el territorio nacional prohibió también el uso y la comercialización de productos médicos a través de la disposición 1464/2017. Se trata de todos los fabricados por la firma Bermed S.R.L, de la ciudad de Córdoba, "hasta tanto se encuentren inscriptos en el Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica" de la Anmat.

Se prohíbe el uso y comercialización en todo el territorio nacional de "todos los productos médicos fabricados por la firma BERMED S.R.L., hasta tanto se encuentren inscriptos en el Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica" de la Anmat.

Fuente: La Nación 
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