Los vehículos aéreos no tripulados, conocidos como drones, ya tienen su propia norma en nuestro país, reglamentación que fue impulsada por la Administración Nacional de Aviación e implementada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con acento, por un lado, en la seguridad y por el otro en el apoyo a las actividades productivas. Estará activa en los próximos días y su objetivo principal es fijar pautas para controlar su uso.
"Los drones no son reconocidos como aeronaves, por carecer de un piloto que los tripule a bordo. Es por eso que el código aeronáutico no contemplaba el uso de los vehículos aéreos no tripulados y se hace necesaria una reglamentación específica que contemple a los pilotos desde tierra”, explicó Raúl Mingo, director del Centro de Aeronáutica y Espacial del INTI. Es muy común la utilización de estos vehículos para realizar filmaciones en estadios o espectáculos de todo tipo. "Pero estos dispositivos también son de gran utilidad en ámbitos tan variados como la agricultura de precisión, para hacer fertilización selectiva; como apoyo de mantenimiento de plantas industriales petroquímica,s donde se suele trabajar con equipamiento a 50 metros de altura; o en monitoreo ambiental y de seguridad en situaciones de catástrofe, entre otros usos posibles”, siguió.
Ante esta realidad y los eventuales usos que tendrán los drones a futuro, la Organización de Aviación Civil Internacional alienta a los estados miembros a que contribuyan a la elaboración de políticas regulatorias que hagan posible "la integración de los sistemas tripulados con piloto en la aeronave y tripulados con piloto en tierra, para el espacio aéreo controlado y no controlado, y a considerar sus diferencias fundamentales”, según una circular emitida recientemente por el organismo.
Autonomía
Sobre eso, Mingo remarcó la importancia de que los vehículos de ese tipo cuenten con sistemas de navegación autónomos, que puedan interactuar con las condiciones de vuelo, al perder por cualquier circunstancia el contacto con tierra. "Esta posibilidad, con una justa y exhaustiva validación tecnológica del modelo, aumentaría, sin lugar a dudas, la promoción industrial de estas aeronaves, con una adecuada seguridad de vuelo, ya que permitiría la operación de estos dispositivos, más allá del campo visual de quien lo opere”, remarcó.
En el caso de los espacios aéreos no segregados, el reglamento establece restricciones para el vuelo de drones, tanto en altura como distancia, que, de acuerdo al tipo de operación que pretenda efectuarse y de las medidas de seguridad con las que se cuente, se podrá evaluar excepcionalmente caso por caso la autorización de los vuelos con estos dispositivos.
Fuente: Crónica