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Justicia

Atentado contra Cristina Kirchner: Primera condena contra Los Copitos

Se trata de un fallo por un delito menor en el marco del intento de magnicidio contra Cristina kirchner, que Sabag Montiel y Brenda Uliarte habían apelado.

Por Guido Berrini

La Cámara de Casación Penal rechazó hoy el recurso de Brenda Uliarte y, de esta manera, ratificó la condena por la tenencia ilegal de un DNI a ella y a Fernando Sabag Montiel, miembros de la banda conocida como Los Copitos, que buscó realizar un atentado contra la vicepresidenta Cristina Kirchner.

La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Angela Ledesma, Guillermo J. Yacobucci y Alejandro Slokar, rechazó por unanimidad el recurso presentado por Carlos Telleldin y Sabrina Mansilla, abogados defensores de Brenda Uliarte, y de esta manera confirmó su condena por el delito de tenencia ilegítima de documento nacional de identidad ajeno.

Fernando Sabag Montiel, quien gatilló contra Cristina Fernández de Kirchner, también fue condenado y consintió la sentencia del tribunal oral.

El tribunal destacó que en el allanamiento efectuado en el monoambiente donde convivían Sabag Montiel y Uliarte en 2022 se secuestró un documento perteneciente a Francisco Almada, quien lo había extraviado en un recital de la banda Divididos, llevado a cabo en el Hipódromo de Palermo, el 15 de septiembre del 2018.

Los jueces descartaron la versión exculpatoria presentada por Carlos Telleldin, abogado de Brenda Uliarte, en el entendimiento que resultaba inverosímil que la imputada desconociera “la presencia del documento nacional de identidad, hallado por los preventores a simple vista, dentro del diminuto monoambiente (15 m2) que compartía con Sabag Montiel".

"Y más inverosímil resulta, cuando vemos que esa convivencia era coetánea con la detención de ambos en relación a los hechos concomitantes por los que fueran procesados. Y que uno de esos hechos consiste en el acopio de municiones, que fueron secuestradas en el mismo domicilio que compartían", agregaron.

En este orden, la Sala II observó que el cúmulo de herramientas probatorias valoradas en la sentencia demuestra el ejercicio de una tenencia compartida, la cual solo demanda que el elemento en cuestión se encuentre dentro de la esfera de custodia o ámbito de disposición del autor, sin necesidad de contacto permanente y/o transitorio.

Uliarte y Sabag Montiel se encuentran procesados por los delitos de homicidio calificado en grado de tentativa, portación de arma de guerra y acopio de municiones; encontrándose privados de su libertad en la Cárcel Federal de Ezeiza. Por su parte, la casación denegó dos veces la excarcelación el jefe de los “copitos”, Nicolás Carrizo, que se encuentra detenido en Marcos Paz.

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