Sergio Massa, ministro de Economía, confirmó la ampliación del programa de reintegro del IVA para las compras con tarjetas de débito de productos de la canasta básica para todos los trabajadores que cobren menos de 708.000 pesos.
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SUSCRIBITESergio Massa, ministro de Economía, confirmó la ampliación del programa de reintegro del IVA para las compras con tarjetas de débito de productos de la canasta básica para todos los trabajadores que cobren menos de 708.000 pesos.
El funcionario especificó en su discurso: “Hemos dispuesto un programa de devolución del IVA, del 21% del IVA, del total de la canasta básica de Argentina para los 9 millones de trabajadores y trabajadoras que en la Argentina cobran salarios de hasta 708.000 pesos”.
Y remarcó a que comercios y productos alcanzará esta medida: “Se establece este programa para supermercados, minimercados, fruterías, verdulerías y carnicerías. Está concentrado para alimentos y bebidas, especialmente carne, como así también productos de higiene personal y del hogar”.
Massa reconoció que esto es lo máximo que puede hacer por el momento: “La más progresiva medida que podemos tomar en términos impositivos. Renunciamos a otros gastos del Estado y utilizamos recursos extraordinarios, como el impuesto PAIS”.
El tope de gasto permitido es de 18.000 pesos mensuales y la devolución se hace de manera automática, dentro de las 48 horas posteriores a la operación.
La devolución de IVA es válida para todas las compras realizadas en comercios, supermercados y minimercados, verdulerías, carnicerías y fruterías registradas formalmente.
Qué productos están incluidos en la devolución del IVA anunciada por Sergio Massa.
- Aceite.
- Arroz.
- Azúcar.
- Bebidas alcohólicas.
- Bebidas no alcohólicas.
- Café.
- Carnes.
- Condimentos.
- Dulces.
- Fiambres.
- Fideos.
- Frutas.
- Galletitas de agua y dulces.
- Harina de trigo y otras harinas.
- Hortalizas.
- Huevos.
- Leche.
- Legumbres secas.
- Manteca.
- Menudencias.
- Papa, batata, hortalizas y frutas.
- Queso.
- Sal fina.
- Vinagre.
- Yerba.
- Yogur.
- Pan.
