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CAME, en el Senado de la Nación por la ley de financiamiento

La ley puede facilitar el acceso al financiamiento para las PyMES. La comitiva estuvo encabezada por el secretario general y fue recibida por el senador Roberto Basualdo.

Por Redacción Tiempo de San Juan

Una comitiva de dirigentes de CAME, encabezada por el secretario general, José Bereciartúa, participó de la comisión de Economía Nacional e Inversión de la Cámara alta para apoyar la Ley de Financiamiento Productivo, impulsada por el Poder Ejecutivo. “Tanto este proyecto como el de la Ley de Defensa a la Competencia y de Compre Argentino resultan fundamentales para las pymes", señaló Bereciartúa, al tiempo que destacó que en la entidad esperan el compromiso de todas las fuerzas políticas para que las pequeñas y medianas empresas, que movilizan el 70% del empleo, puedan recuperar la rentabilidad y competitividad.

 

De acuerdo a la encuesta IMAF, realizada por CAME a fines de 2017 entre 500 PyMES, el 92% manifestó que tiene intención de invertir o están analizando la posibilidad de hacerlo en el transcurso del año, y dentro de los últimos tres períodos, sólo el 8,4% de los encuestados se financió con mecanismos “no tradicionales”, lo cual demuestra la necesidad de generar nuevas herramientas.

 

"Desde CAME entendemos que puede facilitar el acceso al financiamiento para las PyMES", destacó Bereciartúa y agregó: "El proyecto mejora la posición de negociación de las pequeñas firmas con las grandes compañías".

 

El nuevo régimen  destinado a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, incluye además la obligación de emitir en todas las operaciones comerciales realizadas con grandes empresas, un instrumento de facturación denominado "Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs", que regirá en la órbita de la AFIP que administrará el Registro.

 

El comprador deberá aceptar expresamente dicha factura dentro de los 30 días corridos desde su recepción y, si durante ese plazo no fueren canceladas, se considerarán aceptadas tácitamente por el importe total a pagar.

 

El comprador o locatario podrá rechazarlas dentro de los diez días de su recepción, siempre que se presenten algunas de las causas previstas en el proyecto, como por ejemplo: la falta de entrega de las mercaderías, la presencia de daños, defectos o diferencias de calidad en las mercancías recibidas, incumplimientos en la prestación de los servicios acordados, divergencias en los plazos o precios estipulados, la existencia de vicios formales en las facturas y/o su cancelación total.

 

Por otra parte, desde CAME manifiestan que se abrirá una nueva alternativa de financiamiento menos costosa al permitir la negociación de las facturas de crédito en el mercado de capitales o en el sistema.

(Prensa CAME)

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