Desde que el Gobierno anunció el fin del cepo cambiario había quedado pendiente de resolución una cuestión. Era la de que aquellos ahorristas que desde la institución del "dólar ahorro" en enero de 2014 había adquirido la divisa estadounidense y habían optado por dejarla depositada al menos por un año de modo de evitar pagar el 20% adicional en concepto de adelanto al Impuesto a las Ganancias.
Al momento del levantamiento del cepo no había quedado claro qué pasaría con esos fondos, si lo ahorristas podían retirarlos en cualquier momento, incluso antes de cumplido el plazo de un año, y en ese caso si se los exceptuaba o no el pago del 20%.
Finalmente este lunes la resolución 3822 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicada en el Boletín Oficial aclaró la duda.
La resolución, que lleva la firma del titular de la AFIP Alberto Abad, señala que quienes hayan adquirido dólar ahorro y lo retiren antes de los 365 días, deberán pagar la percepción de 20% que estaba prevista en la Resolución General 3583.