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resolución del bcra

Dólar: Aclaran casos en los que se puede comprar

La entidad suspendió la adquisición de divisas sin “destino específico” con el propósito de evitar el atesoramiento y, de esta manera, reducir la incertidumbre externa en plena crisis internacional. Turismo y viajes, sin problema.

Por Redacción Tiempo de San Juan
El Banco Central suspendió el acceso al mercado local de cambios para la compra de dólares sin aplicación a un destino específico. “Frente al aumento de la tradicional propensión a mantener dólares para atesoramiento por la mayor incertidumbre externa, la política económica tiene dos opciones: aceptar una variación brusca del tipo de cambio o limitar transitoriamente el acceso a la divisa demandada para ahorro”, plantearon fuentes del BCRA.
La medida –anunciada a través de un comunicado– aclara las diferencias que existían entre la restricción establecida en los últimos meses por la AFIP y la norma de la autoridad monetaria que autorizaba la compra de U$S 2 millones anuales sin destino específico. Además, describe un conjunto escenarios en los que sí se podrá acceder a la moneda extranjera.

Entre los que podrán ir al mercado de cambios para la compra de billetes se destacan aquellos que quieran hacerlo por montos correspondientes a créditos hipotecarios para la compra de viviendas gestionados entre la entrada en vigencia de la norma y el 31 de octubre de este año. Es decir, las personas que tienen créditos en curso en pesos podrán convertirlos a dólares para realizar operaciones inmobiliarias sólo hasta la fecha límite.

En tanto, las personas físicas y jurídicas podrán, con previa validación fiscal, comprar dólares para viajes y turismo, y las empresas tendrán la opción de hacerlo para viajes de personal. También se autorizarán las operaciones para “pago y cobro de mercancías, servicios, rentas y capital de acuerdo con la normativa actual”.

El comunicado del Central señala, además, que tendrán la chance de acceder al mercado aquellos casos previstos en la Comunicación A 4834 de 2008, que canaliza las pequeñas operaciones de personas que regularmente no operan a través de un sistema simplificado para operaciones de hasta U$S 5000 contra la declaración jurada y con acreditación en cuenta. También serán aceptadas las operaciones para realizar donaciones humanitarias en casos de conocimiento público.

Las modificaciones en la regulación del mercado cambiario ponen en primer plano la modificación de la Carta Orgánica del Central que aprobó el Congreso en marzo pasado. En su comunicado, el BCRA argumentó que la decisión va en sintonía con los mandatos de ese cambio de paradigma respecto de la preservación de la estabilidad financiera y la promoción del crecimiento y el empleo.

(Fuente: Tiempo Argentino)
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