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¿Qué dice el reglamento sobre la suspensión?

El Superclásico copero no pudo completarse debido a las agresiones que sufrieron los jugadores de River. Según el artículo 23, Boca perdería el partido.

Por Redacción Tiempo de San Juan
El reglamento de la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol) prevé en su artículo 15 los pasos a seguir en caso de que el árbitro o las autoridades decidan suspender un encuentro de cualquier de sus competiciones.

En el primer apartado, explica que "si por causas ajenas a los clubes (razones de fuerza mayor) se suspendiera de manera definitiva un partido ya iniciado, el mismo deberá proseguir en primera instancia dentro de las 24 horas siguientes a la suspensión".

"De no ser posible a criterio de la Conmebol, será en otra fecha, completando los minutos faltantes, manteniéndose el resultado y la misma planilla de juego, salvo criterio distinto determinado por la Conmebol", indica el texto.

En el segundo punto de ese artículo 15, asimismo, el reglamento recomienda un tiempo de espera de 45 minutos, cuando en la práctica fue de una hora y media, apróximadamente.

En el cuarto punto del artículo, asegura: "En los casos que la suspensión definitiva fuera imputable a los clubes o las personas por la que éstos puedan ser responsables reglamentariamente o disciplinariamente, se aplicará lo previsto en el Reglamento Disciplinario. En estos supuestos, además, no será aplicable lo dispuesto en los apartados precedentes".

La decisión de la Conmebol de aplicar el artículo 23 de su reglamento disciplinario le depararía a Boca Juniors la pérdida del partido de vuelta de octavos de final de la Copa Libertadores que estaba empatando sin goles al cabo del primer tiempo y consecuentemente será River Plate el clasificado a cuartos.

Después de la escandalosa agresión al equipo de River en la manga de salida al campo de juego con gas pimienta, lo que afectó severamente a cuatro de sus futbolistas, el club de la Ribera quedó implicado por esa acción y el mencionado artículo es el que más se encuadra al hecho.

Dicho artículo indica cual será la "determinación del resultado de un partido por responsabilidad o negligencia de uno de los equipos".

1. Sin perjuicio de otras sanciones que se pudieran imponer, cualquier equipo por cuya responsabilidad se determine el resultado de un partido, se considerará como perdedor de ese encuentro por 3-0. 

Si el resultado real fuese menos favorable para el club o asociación responsable, ese resultado se mantendrá.

Fuente: Diario Uno 
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