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Fingió ser pobre para no pagar la cuota alimentaria

Un padre fraguó su insolvencia deliberadamente para evitar pagar los alimentos para su hija. Iba a ser condenado pero prefirió pagar.

Por Redacción Tiempo de San Juan
En 2012, la pareja compuesta por Andrés y Flavia (nombres ficticios) llevaba ocho años de noviazgo. Un día ella quedó embarazada y tuvieron una beba. Si bien los últimos tiempos de la relación no habían sido buenos, ambos la siguieron; cada uno en su casa.

La beba nació con algunos problemas dermatológicos y Andrés iba a ver a su hija cada tanto. Pero la pareja se terminó definitivamente unos meses más tarde. Flavia estudiaba el último año del secundario y Andrés, que siempre fue un chico trabajador, dividía su tiempo entre varias ocupaciones y sus estudios para ser enfermero.

Pero es de ese tipo de hombres criados en el miedo de que una mujer puede complicarle la vida con un hijo. Y cuando nació la beba, no le dio su apellido, "porque voy a tener problemas con mi familia", según dijo.

Con el paso de los meses, la joven madre le dijo a su ex pareja que "estaría bueno que me ayudaras económicamente con la nena y que le dieras tu obra social, ya que los remedios para su mal son muy caros".

El joven contestaba con evasivas. Y la relación se ponía cada vez más tensa. "Pese a todo, nunca le impedí que la viera", recuerda hoy la madre de la nena.


Bonanza

Al tiempo, el joven se recibió de enfermero, consiguió un nuevo empleo en una clínica de Godoy Cruz, además prestaba servicios en una empresa de mudanzas y un supermercado. Le iba tan bien que se compró un Ford Escort. Cada tanto visitaba  a su hija pero nunca tenía dinero ni para los pañales: todo lo hacían Flavia y sus padres.

Hacia agosto de 2014, el hombre fue denunciado en un juzgado de Familia por no hacerse cargo de la cuota alimentaria de su hija. Su ex pareja apeló de la ley 13.944.

Igual, eso no impactó demasiado en el flamante enfermero.

Entretanto, la familia de la chica -que vive en un barrio cercano al del padre de la beba- comenzó a notar las mejoras económica del enfermero: sabían que tenía varios trabajos y lo del auto nuevo.

Entonces fueron a ver al abogado Ramiro Villalba y a fines de agosto de 2014 denunciaron penalmente al enfermero por el delito de "insolvencia alimentaria fraudulenta".

A los días de haber recibido la notificación de parte de la fiscalía de Gustavo Fehlmann, el enfermero volvió a razonar como un hombre limitado: "A mí, esta mina no me va a sacar nada". Y entonces vendió el Escort y compró un Gol pero los puso a nombre de su padre.

Además, en algunos de sus empleos llegó al acuerdo de salirse de trabajador en blanco para ser un trabajador informal. De ese modo, cuando la Justicia fuera por su sueldo, sólo encontraría monedas. "Soy insolvente les voy a decir", pensaba.

Pesquisa

De la mano del fiscal Fehlmann, los pesquisas se pusieron a investigar y al cabo de pocos días se enteraron de que el enfermero le había vendido el auto a su padre y que ahora andaba en un Gol que él también había comprado y que también figuraba como propiedad de su padre. "Es lo que se conoce como testaferro", indica el abogado Villalba.

En una pesquisa que no es habitual para ese tipo de fiscalías -normalmente se dedican en delitos más delicados- se pidieron informes al Registro del Automotor y salió a la luz que el Escort había sido vendido dos días después de la denuncia penal en su contra. Y que en su declaración, el enfermero había omitido varios trabajos con la idea de declararse insolvente.

Con un buen número de pruebas en su contra, el hombre fue imputado de los delitos de "incumplimiento de los deberes de asistencia familiar" y de "insolvencia alimentaria fraudulenta". La primera acusación cuenta con una pena de un mes a dos años; mientras que el "hacerse el pobre para no pagar por su hija" (artículo 2 bis de la ley 13.944), contempla una pena de uno a seis años ya que es considerado un agravante.

 

A juicio

El jueves 2 de junio, en la Cuarta Cámara del Crimen, el enfermero se presentó, pero ya no estaba tan tranquilo. Ante el fiscal de cámara de la causa, Gonzalo Nazar, el hombre dio muestras de arrepentimiento y pidió no llegar a juicio y pactar un arreglo económico para finalizar la acción penal. Durante todo el proceso, tal vez para mostrar más "insolvencia", el acusado fue patrocinado por una defensora oficial.

"Para eso -dice Villalba- la abogada hizo un ofrecimiento económico para que el debate no se hiciera. Es como una suerte de indemnización por la causa penal, que no tiene nada que ver con la causa que se sustancia en la Justicia de Familia, que es otro expediente".

Esa suerte de reparación integral, es un instituto relativamente nuevo -está desde el año pasado en el Código Penal- que permite que en cierto tipo de delitos no se llegue al debate y se solucione el problema con dinero.

El fiscal Nazar hizo lugar al pedido del enfermero "insolvente", que es cuestión de horas se convirtió en "solvente" ya que pagó toda la suma en el acto (podía  optar en cuatro pagos pero no lo hizo).

Con esto, el acusado evitó ser condenado -las pruebas en su contra eran muy sólidas- pero aún tiene pendiente en la Justicia de Familia el monto de los cuatro años en los que no le pasó nada de dinero a su hija "porque no tenía un peso".

 

"No se reía de mí, sino de su hija”

La madre de la nena es una joven de 24 años que la cría ayudada por sus padres. Padece disfasia expresiva y durante la entrevista fue invadida por la tristeza en más de una ocasión. "Llevo años en esta lucha. Nunca le impedí (a su ex) que viera a la nena, y nunca quise llegar a esto pero no tuve más remedio.

Obviamente que no quería ver preso al padre de mi hija. Pero cuando me decía que no tenía plata ni obra social para ella no se reía de mí, se reía de su hija", dijo la chica ganada por las lágrimas en el estudio de su abogado.

La nena tiene un problema dermatológico de nacimiento y necesita de cremas que son muy costosas; "ni siquiera con eso se conmovía". 

Para la joven madre, lo que pasó hace dos semanas sienta un precedente importante, "para todas las mujeres que son dejadas a la buena de Dios por sus ex parejas y con hijos".

 

La ley 13.944 

Art. 1º. - Se  impondrá  prisión de un  mes a dos años o multa de setecientos cincuenta  a  veinticinco  mil pesos a  los  padres que, aun sin  mediar sentencia civil, se substrajeran a prestar los medios indispensables para la subsistencia a su hijo menor de dieciocho años, o de más, si estuviere impedido.

Art. 2º bis. - Será reprimido con la pena de uno a seis años de prisión, el que con la finalidad de  eludir  el  cumplimiento  de  sus   obligaciones  alimentarias,  maliciosamente destruyere, inutilizare, dañare, ocultare, o hiciere desaparecer bienes de su patrimonio o fraudulentamente disminuyere su valor, y de esta manera frustrare, en todo o en parte, el cumplimiento de dichas obligaciones.
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