Dado que el sistema de portabilidad numérica es relativamente nuevo en la República Argentina, muchas son las dudas que pueden tener los usuarios respecto de cuáles son los derechos que les asisten para hacer valer esta normativa y cambiar de compañía telefónica sin perder el número.
Una de las preguntas más comunes es cada cuánto tiempo puedo hacer portabilidad, considerando el contexto económico y la posibilidad de aprovechar, pasando de una operadora a otra, las diferentes ofertas que las empresas van lanzando en momentos específicos del año.
Para los usuarios individuos no hay tantas complicaciones, pero quienes están al frente de negocios pueden tener ciertas dudas sobre los pasos a seguir y cómo cambiar de operadora a mucha gente.
Todas las respuestas al respecto están dadas por el ENACOM, el Ente autárquico y descentralizado que funciona en el ámbito del Ministerio de Comunicaciones de la Nación y que regula cuestiones como la Portabilidad Numérica, así que vamos a descubrir los aspectos esenciales de este proceso.
¿Qué es la portabilidad numérica?
Aunque probablemente ya lo sepas, en caso de desconocer de qué se trata la portabilidad, oficialmente llamada portabilidad numérica, se trata del cambio de prestador de telefonía conservando el número de teléfono sin tener que aceptar uno nuevo como ocurría antes.
De otra forma, ejecutar la portabilidad numérica implica la finalización del contrato de prestación de servicios con el prestador actual, teniendo la oportunidad de contratar un nuevo servicio con una compañía nueva sin abandonar su número telefónico, algo importante para usuarios particulares como así también para negocios o PyMEs que no pueden perder su contacto con los clientes.
Normalmente, la portabilidad se realiza poniéndose en contacto con la nueva operadora, que debería ser la encargada de comunicar el paso del usuario o la PyME y llevar a cabo todo el procedimiento.
¿Quiénes tienen acceso a la portabilidad numérica?
En relación con lo previamente señalado, tanto los individuos como las empresas pueden acceder a los beneficios que supone la portabilidad numérica, siempre que el trámite sea llevado adelante por el titular del servicio, e independientemente de su plan y modo de contratación.
¿Cómo son los plazos para las nuevas portabilidades?
El período mínimo de permanencia en una empresa para los individuos o negocios hasta portar la línea a otra operadora es de 30 días contados a partir de que el número está efectivamente portado. Es decir que a lo largo de un año calendario pueden hacerse numerosas portabilidades, tantas como sea posible siguiendo siempre esta normativa que es el que regula la situación.
En el caso de las firmas, quien las represente deberá disponer de una copia del poder que le habilita a contratar el servicio en su nombre. Aplica a organismos oficiales o cualquier otro que no sea un individuo como tal sino una organización o similar. Admitida esa representación, quien realiza aquellos trámites necesarios debe dirigirse a la operadora a la que pretende cambiarse.
Esta nueva operadora va a proporcionarle un formulario de Solicitud de Portabilidad Numérica, adjuntándole una copia del documento de identidad o poder que le habilita para este trámite.
¿Cuánto cuesta solicitar la portabilidad numérica?
La nueva operadora se reserva el derecho de cobrarle al titular un monto que, como máximo, debe equivaler a los cien pulsos telefónicos por cada portación. Sin embargo, en la práctica rara vez existen costos por pasarse de un prestador a otro. Lo ideal es consultarlo con anterioridad.
¿Cuál es la demora habitual de la portabilidad numérica?
Por ley, el proceso no puede demandar más que un día hábil, aunque existen excepción en los que la autoridad de aplicación entiende que aparecen dificultades que justifican una dilación, como cuando el caso es complejo por dispersión geográfica o cantidad de líneas involucradas en la solicitud, siendo este último el ejemplo de los negocios que deciden pasar a todos sus trabajadores.
¿Son frecuentes las interrupciones del servicio hasta la activación?
A las PyMEs, organizaciones y clientes corporativos, se les recomienda reclamar la portabilidad numérica en períodos de poca actividad para evitar problemas. La norma determina que esas interrupciones no pueden superar las tres horas pero, de nuevo, puede haber excepciones.
De dilatarse la activación del nuevo servicio, el cliente o apoderado podrá y deberá dirigirse directamente a la nueva operadora en el plazo de los siguientes 60 días corridos al inconveniente. Durante los siguientes 3 días hábiles debería recibir una respuesta con motivo de su presentación. De no haberla, se puede recurrir al ENACOM para que sea el que resuelva el conflicto.