Sergio Uñac acaba de mandar a la Cámara de Diputados local el proyecto de ley para expropiar a la brevedad el terreno que permitirá construir allí el barrio El Tambolar en Calingasta, que se usará primero para la obra hidroeléctrica y luego quedará a disposición de los habitantes de la comuna cordillerana. El proyecto tomó estado parlamentario este jueves y fue derivado a comisión para su estudio.
El barrio El Tambolar en principio sería para albergar personal de la obra Presa El Tambolar y luego destinado al Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) para su posterior adjudicación.
"La Subsecretaría de Coordinación de Proyectos y Licitaciones dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, considera la construcción del conjunto de viviendas una gran posibilidad para los actuales habitantes de la localidad que por la morfología del lugar (piedemonte) se encuentra en estado de vulnerabilidad ante las lluvias torrenciales que, si bien son muy esporádicas, son muy intensas y transforman los cauces de creciente en verdaderos torrentes de barro. Esta posibilidad de brindar vivienda, significa además del techo, la seguridad que otorga el tratamiento que conlleva la presente urbanización, tratándose de obras como canales derivadores, defensas de piedemontes y el mantenimiento periódico de las mimas, ya que estos peligros son intrínsecos en general, a las localidades situadas en el Valle de Calingasta", dice el proyecto.
Se estima que en este predio de importantes dimensiones se podrán construir cerca de cien viviendas. Considerando las medidas de los lotes acorde a su característica rural y dada las restricciones del terreno por su topografía, es que es necesario adicionar la superficie del terreno a expropiar que es del Automóvil Club Argentino (ACA).
Un dato no menor es que también se prevé usar estas tierras para construir una escuela dado que la existente se encuentra en estado de ruina y ha sido reemplazada por módulos.
La Ley de Expropiaciones N° 1000-A, en su Artículo 1° dispone que: "Solo podrá expropiarse por razones de utilidad pública para la satisfacción del bien común y del bienestar general, calificada y declarada por ley o por ordenanza municipal, determinando los fondos con que se ha de hacer efectiva la previa indemnización".