Nuevo revés para Graffigna: Ahora puede ser juzgado por tres hechos
Es por Administración Fraudulenta, Circunvención de un incapaz y coacción. Es por una de las causas conexas en la que hay una decena de familias damnificadas por las expropiaciones en el Dique Cuesta del Viento.
La Sala II de la Cámara Penal y Correccional, integrada por los jueces José A. Vega, José Alfredo Conte Grand y Pablo Flores, resolvió denegar el recurso de casación que había interpuesto la defensa del abogado Santiago Graffigna, al considerar que no cumple con los requisitos estipulados en el Código Procesal Penal porque la sentencia aún no está firme.
De esta manera, quedó firme el fallo del Quinto Juzgado de Instrucción, donde le habían dictado un auto de procesamiento en contra de Graffigna, por los delitos de Administración Fraudulenta, Circunvención de un incapaz y coacción.
Ahora el paso legal siguiente es que ese tribunal de la Sala II fije una fecha de audiencia y Graffigna pueda ser juzgado por esos tres delitos penales.
Ya no hay más posibilidad de apelación, debido a que ese procesamiento recorrió el siguiente camino: primero fue apelado por la defensa de Graffigna; llegó a la Sala I de la Cámara Penal, donde se resolvió que todo era nulo; el querellante Diego Sanz –abogado de una decena de familias damnificadas, entre ellos Manríque, Luna y Guajardo- fue a la Corte de Justicia en casación; allí le dieron la razón y le dieron la orden a la Cámara Penal que revisara el fallo, lo que finalmente ocurrió ahora.
En esta causa Graffigna, el abogado que el jueves último fue procesado por asociación ilícita también en el Quinto de Instrucción, por otras causas de expropiaciones, está acusado de haber apretado a quienes eran sus clientes para que no declararan en su contra, después de que lo denunciaron por haberse quedado con dinero de ellos en los juicios por expropiaciones en los que Graffigna había obtenido fallos favorables y logró cobrarle al Estado.
En esa causa que ahora va a juicio, el abogado Horacio Alday –ex socio de Graffigna- tiene una falta de mérito, pero es provisoria.