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SUSCRIBITEEL CASO
Además de que la demanda es inédita, también es polémica la lesión que la agente dice que sufrió y que originó el conflicto judicial. Todo comenzó en febrero de 2006, cuando Brizuela hacía un curso de aspirante para agente en la Escuela de Policía. El día 1 de febrero se retiró a las 13.57, después de que había estado recibiendo entrenamiento por parte de los instructores Dante Marinero y Vedia Olivera.
48 horas después, el 3 de febrero, la aspirante Brizuela presentó un parte médico diciendo que había sido atendida en el Hospital Rawson por el médico Mario Romero, a las 20.45 del día 1 de febrero, y que había sufrido un esguince de tobillo en el pie derecho de grado 3. El diagnóstico dice que sufrió “nerviopatía de miembro superior derecho”, por lo que debía usar muletas para desplazarse.
Luego Brizuela dijo que esa lesión la había sufrido a las 11 de la mañana, durante la instrucción en la Escuela de Policía. Pero los médicos de la policía detectaron ahí la primera irregularidad, ya que si hubiera sufrido ese tipo de lesión a la mañana, inmediatamente no habría podido asentar el pie, ya que es muy doloroso.
Sin embargo, igual Brizuela fue nombrada agente mediante el decreto N°0251/G, el 27 de febrero de 2006. Si bien las autoridades se apuraron al tomar esa medida, argumentan que, como la lesión era menor, en ese momento no vieron ningún obstáculo para hacer el nombramiento. Pero los partes médicos de Brizuela se sucedieron en catarata después de que fue nombrada agente. En total estuvo 351 días de licencia. Hasta que en febrero del 2007 presentó una carpeta médica. Allí argumentó que, a raíz de la lesión en el tobillo y de tener que andar con muletas en su trabajo en el Cuerpo Especial de Vigilancia, Cuerpo Microcentro y Seccional Primera, había sufrido una “neuropraxia del nervio radial en miembro superior derecho”, esto es, una lesión en el hombro derecho. La operaron y eso le produjo una incapacidad que no le permitía ir a trabajar.
LA INVESTIGACIÓN
Entonces se inició la información sumaria N°200/07 para determinar cuál era su real estado de salud, debido a que no iba casi nunca a trabajar. De esa investigación saltaron las siguientes irregularidades:
-Brizuela dijo que la lesión había sido en la instrucción policial, pero el informe médico decía que había sido fuera de ese horario. La chica avisó telefónicamente al otro día que no iba a ir. Y recién el día 3 de febrero, dos días después, presentó el certificado médico.
-Brizuela no le había informado nada a sus instructores de la torcedura del tobillo derecho. De haberlo hecho, hubiera quedado una constancia para darle intervención a la ART y a Sanidad Policial. Por ejemplo, ese día hubo otro caso de una aspirante lesionada que informó el hecho y quedaron todos los registros.
-Cuando se citó al médico del Hospital Rawson, el doctor Mario Romero digo que el esguince era de grado 2, no 3. Y también le llamó la atención que en la ficha del hospital no se habían consignado todos los datos que rutinariamente se completan cuando se atiende a una persona: sólo tenía la hora (20.45) y la fecha (1-2-2006) y no decía nada del lugar y otro tipo de especificaciones.
Ante esta situación, la investigación de Asuntos Internos concluyó con que la agente Brizuela se había producido la lesión fuera de un acto de servicio. Mediante la resolución 0115IP/9, del día 12 de febrero de 2010, el entonces Jefe de Policía, Miguel González, firmó el retiro obligatorio por el artículo 9, inciso C de la Ley 5.444, en concordancia con el artículo 119 de la Ley 5.421. Así, la agente Bruna pasaba a retiro sin percibir haber económico.
La abogada de la agente policial, Laura Bruna, recurrió a la ART, donde le informaron que compartían el criterio policial. Luego fue a reclamar a la Fiscalía de Estado, donde le respondieron lo mismo. Y entonces decidieron iniciar una acción civil contra el Jefe de Policía, el Director de la Escuela de Policía y los dos instructores, además de ir contra el Estado provincial.
Esta demanda entró en el 2011 al juzgado civil de Olivares Yapur, quien lo derivó al juzgado de Trabajo de Licciardi, donde están los autos 21281 caratulados como “Brizuela Valeria contra la provincia de San Juan por daños y perjuicios”.
Entonces el exjefe de Policía González tuvo que costearse un abogado y presentaron un descargo para frenar la demanda. Y presentaron la investigación de Asuntos Internos de la Policía. Por otro lado, la agente Brizuela siguió dando batalla administrativa y tiene presentado en el Ministerio de Gobierno un “recurso de reconsideración”, mediante el expediente N°206-200-11, para ver si las autoridades políticas le dan vuelta la investigación policial y puede cobrar como agente sin ir a trabajar por una lesión polémica.
Alcayaga y las demandas
El abogado y exjefe de Policía, Carlos Alcayaga, es un hombre de fuerte vínculo con la institución policial, donde llegó a ocupar la máxima jerarquía y hasta soñó con proyectar un futuro político desde ese sillón. Pero cuando dejó ese cargo, en diciembre de 2003, se dedicó de lleno a la abogacía, profesión que siempre había ejercido, aún siendo policía, cuando compartía un estudio jurídico en la calle Güemes junto a otros colegas.
Ahora comparte el edificio con Laura Bruna, en la calle Santa Fe, entre Tucumán y General Acha. Ese estudio jurídico encendió la luz amarilla en el Área Legal del Instituto del Seguro –quien cubre a todos los agentes estatales-, ya que era recurrente su presencia en los distintos litigios de policías contra el Estado en lo que se conoce como “doble indemnización”, ya que eran casos de policías lesionados en su trabajo que había recibido un resarcimiento económico y después llegaban acompañados de un abogado para reclamar otra cifra de dinero.
En febrero último, Tiempo de San Juan publicó un informe en el que dejaba al descubierto esta situación. Allí se especificaba que “cuando se trata de un reclamo de un policía, el estudio jurídico es siempre el mismo”, según apuntó una fuente del área legal del Instituto del Seguro, en referencia a Bruna. “La gran mayoría de los casos se cierra con el pago de la incapacidad resultante. Pero hay otros casos en que dicen que el porcentaje establecido no alcanza y terminan pidiendo el doble. Ahí se hace una revisión judicial, con pericial médica. No es que sean juicios inventados, pero tenés que pelear porque inflan los montos y después se terminan bajando”, explicaron en su momento.
Tras aquella publicación, Tiempo de San Juan intentó tener la versión de Carlos Alcayaga, pero nunca quiso hablar públicamente del asunto.
