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15.292 DÓLARES BANCARIZADOS DESDE EL 2001

El plazo fijo que era de una pareja y lleva 4 años frizado por la Corte

El día del entierro del marido, a la mujer –quien padecía Alzheimer- la engañaron y le hicieron firmar el traspaso del plazo fijo a nombre de dos sujetos. Por Gustavo Martínez Puga

Por Redacción Tiempo de San Juan
Rodolfo Cayetano Urso falleció repentinamente a las 17.15 horas del 26 de febrero de 2001. En el cajón de la mesa de luz había dejado el plazo fijo de 15.292 dólares, fruto de los ahorros suyos y los de su esposa, Ina Helvecia Páez, con quien compartía la titularidad de la inversión a pesar que se habían separado un par de años antes por los problemas que el Alzheimer le había provocado a la mujer. Doce años después, ese plazo fijo, que está en el Banco de la Nación Argentina de la avenida Rioja y lleva el número 2.496.228/4 -000665638/3, aún está generando intereses y nunca pudo ser disfrutado por la viuda y la sobrina que la cuida: Ina Páez falleció esperando una respuesta de la Corte de Justicia, cuyo fallo está en casación desde hace cuatro años y en donde aún ni siquiera fue emitido el primero de los tres votos de la sala interviniente, según confirmaron fuentes judiciales.
Ahora, fallecida la viuda, su sobrina y cuidadora hasta su muerte, Mónica Elizabeth Pizarro, quien denunció en el 2001 penalmente la maniobra en la división Defraudación y Estafas, espera desde el 2 de marzo de 2009 que la Corte de Justicia resuelva para ver si puede o no cobrar el plazo fijo que lleva cuatro años frizados esperando una decisión del máximo tribunal del Poder Judicial.
La captación de incapaces es un delito penal que consiste en aprovecharse de una persona que no está en sus cabales para un beneficio propio. Y por ese motivo fueron condenados a dos años y seis meses de prisión –en suspenso- Mario Guillermo Pizarro Urso –sobrino del fallecido Urso- y Martín Alejandro Victorica, cuñado de Pizarro.

LA MANIOBRA

Urso fue sepultado a las 10 de la mañana del 27 de febrero de 2001. Esa misma tarde, a las 18 horas, Victorica pasó a buscar a la viuda por su casa de la calle Mendoza al 600 Sur, Capital.
“Toda la prueba reunida en la causa surgió unívocamente que Ina Helvecia Páez endosó el certificado de plazo fijo creyendo que estaba realizando un trámite concerniente al sepelio de su cónyuge, e ignorando que con sus firmas se desprendería de un capital legítimo que la ayudaría a solventar sus gastos futuros”, dice el voto del camarista Ricardo Conte Grand, quien junto a Héctor Fili y Leopoldo Zavalla Pringles, fueron los jueces de la Sala III de la Cámara Penal que dictaron la condena el 23 de diciembre de 2008.
Dice el fallo que “con respecto al día 27 de febrero de 2001 –cuando se hizo el traspaso, tras el entierro- los peritos afirmaron que de acuerdo a la anamnesis directa que efectuaron se desprendía que la Sra. Páez no sabía lo que hacía porque su juicio crítico estaba alterado”.
La viuda fue llevada a una escribanía. Allí la esperaba Mario Pizarro con el plazo fijo en la mano. Y se concretó el traspaso de la titularidad del plazo fijo a Pizarro y Victorica.
Pizarro dijo en el juicio que “antes que falleciera le dijeron a su tío que habían tenido muchos gastos por la enfermedad, y él les contestó que podían disponer del plazo fijo. El tío se enfermó y falleció, entonces le plantearon la situación a su esposa y les dijo que no tenía ningún inconveniente, y en la escribanía de Rodolfo Mo les hizo un endoso al declarante y a sus hermanas”.
Pizarro aclaró en el juicio que “el trámite se hizo en la oficina de la entrada de la Federación de Viñateros, de la cual Rodolfo Mo era el presidente y el dicente –Pizarro- secretario, el 27 de febrero de 2001, alrededor de las dieciocho horas”. Dijo que el traspaso se hizo en esa institución para no hacer subir a la viuda las escaleras hasta el primer piso, donde está la escribanía.
El tribunal de la Sala III entendió que Pizarro y Victorica abusaron de la enfermedad de Ina Helvecia Páez para beneficiarse económicamente. También resolvió que “correspondía entregar a la curadora –su sobrina- de Páez los quince mil doscientos noventa y dos dólares estadounidenses (u$s 15.292)”.

PRECEDENTE
En su momento, ese fallo sentó un precedente en la Provincia, ya que no se registraba una condena por esa modalidad de la defraudación. “Incurre en el delito de captación de un incapaz quien, abusando de las ventajas que ofrecía la particular condición de la causante, afectada por una enfermedad propia de la edad y de sus condiciones físicas que la incapacitaban para resguardar debidamente su patrimonio, obtiene la firma de un documento que en los hechos implica un despojo como es el que certifica un acto de liberalidad en favor de uno de los encausados”, dice el fallo.
Recordó uno de los jueces intervinientes que “costó llegar a la sentencia por todas las trabas que hubo que sortear para tener probada la incapacidad de la mujer y la batalla que dieron los abogados defensores”.
Los defensores de los condenados interpusieron un recurso de casación a la condena de la Sala III, dejaron la sentencia en suspenso –por lo tanto el plazo fijo seguía en el banco- y llevaron el caso ante la Corte de Justicia. Eso fue el 2 de marzo de 2009.
Tiempo después, la viuda Ina Helvecia Páez falleció sin poder disfrutar de ese plazo fijo, al cual ella había aportado cuando recibió el pago de un retiro anticipado como empleada de Vialidad.
“Considero que el tiempo pasado es excesivo y estamos próximos a la prescripción de la acción de la causa, lo cual ocurriría en el 2015. La denunciante falleció a la espera de una resolución de la Corte, porque la sentencia no está firme y ella no pudo retirar los dólares”, dijo Ricardo Moine, quien junto a Pablo De Sanctis fueron los abogados querellantes.
Moine dice entender la demora del máximo tribunal: “La Corte está trabajando muy bien en el área penal y, a mi entender, dicta sentencias excelentes.  Entiendo que se abocan a causas que tienen prioridad, sobre todo las que tienen detenidos”.

Fechas claves

27-2-2001
Se produce la maniobra en la que hacen traspasar el plazo fijo.

20-12-2005
El juez Guillermo Adárvez clausura la etapa de instrucción.

23-12-2008
La Sala III de la Cámara Penal condena Pizarro y Victorica y ordena devolver el plazo fijo.

2-3-2009
La causa salta de la Cámara Penal a la Corte de Justicia, donde está desde entonces.

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Imagen archivo Tiempo de San Juan
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