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Historia

Cómo fue la gesta para conseguir puntos extra de coparticipación y un hoy que preocupa

La legislación actual ha beneficiado a San Juan permitiéndole a la provincia obtener importantes recursos. En la actualidad, la variación interanual en la coparticipación es menor al indice de inflación, de acuerdo a datos oficiales.

Por Guillermo Alamino

El surgimiento de la Ley de Coparticipación Federal en 1988 estableció los porcentajes de distribución de recursos fiscales nacionales a las provincias, en una negociación donde San Juan fue una de las jurisdicciones más beneficiadas. Es una normativa transitoria que tenía como objetivo durar tan solo un año, aunque permanece vigente hasta la actualidad, ya que ningún gobierno logró acordar una nueva reglamentación. Se trata de uno de los legados más trascendentes del bloquismo de esa época, que ha permitido a sus sucesores continuar gobernando con fondos suficientes para administrar las arcas provinciales.

Las negociaciones para la sanción de la Ley 23.548 se dieron mientras gobernaba Carlos Gómez Centurión y su ministro de Economía era Juan Gilberto Maratta, quien fue protagonista de la época. Tiempo de San Juan tuvo la oportunidad de entrevistar al exfuncionario histórico, quien dio detalles sobre la génesis de la normativa. El bloquista comentó que la Ley de Coparticipación Federal de Impuestos N.° 20.221, aprobada en 1973, había caducado el 31 de diciembre de 1983 y se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 1984. De acuerdo a esa ley, a San Juan le correspondía el 2,56 % de los impuestos a distribuir. “Durante los años 1985 a 1987 no hubo ley de coparticipación federal por la falta de acuerdos entre las provincias para la distribución secundaria (o sea, la distribución del total que le correspondía a las provincias), causando un vacío legal en materia de coparticipación de impuestos”, agregó Maratta. Esto también generaba tensiones entre el gobierno central y las provincias al no haber porcentajes de distribución automática.

Esa falta de regulación trajo como consecuencia que los recursos públicos enviados a la provincia se hicieran de manera discrecional y acorde a las tratativas de las diferentes gestiones locales, bajo la denominación de ATN (Aportes del Tesoro Nacional). “Durante el año 1985 se llevaron a cabo innumerables reuniones de los gobernadores y ministros de economía provinciales con el ministro de Economía y la Secretaría de Hacienda de la Nación para encontrar una fórmula de distribución de recursos entre las provincias que pusiera fin al caos imperante en materia de coparticipación de recursos nacionales ”, comentó.

maratta con alfonsín
Ruiz Aguilar y Maratta con Alfonsín / En el salón de reuniones de Casa Rosada, en 1986.

Ruiz Aguilar y Maratta con Alfonsín / En el salón de reuniones de Casa Rosada, en 1986.

De esas reuniones nacen las bases del “Convenio financiero transitorio de distribución de recursos federales a las provincias”, que fue firmado el 13 de marzo de 1986 por el entonces presidente Raúl Alfonsín y los gobernadores. En esta oportunidad, gobernaba Jorge Ruiz Aguilar, quien reemplazó a Leopoldo Bravo y suscribió al acuerdo junto al exministro Maratta. El extitular de Economía afirmó que en este convenio no se establecen porcentajes de distribución, sino montos mensuales en australes a transferir. De esta manera, indicó que a San Juan se le asignó una cifra total de australes que, traducida a porcentaje, fue del 3,67 %; es decir, un 1,10 % superior al de la Ley 20.221 de 1973.

Este acuerdo, según el relato de Maratta, continuó vigente hasta 1987 y al año siguiente se concretaría la convalidación de una norma que marcaría los años posteriores. De este modo, el 7 de enero de 1988 quedó aprobada la Ley de Coparticipación Federal de Impuestos N.° 23.548, que tomó como antecedente al convenio mencionado anteriormente y establece en su artículo 4.° la distribución de recursos federales hacia las provincias. “San Juan obtiene el 3,51 %, es decir, 0,16 % menos que en el convenio aludido anteriormente, pero que desde entonces ha permitido que las finanzas provinciales se mantengan en un marco de equilibrio por demás importante”, detalló el dirigente del partido de la estrella. Esto hizo que San Juan se encuentre entre las provincias que más coparticipación recibe en relación con sus habitantes.

En este sentido, fuentes calificadas de la época manifestaron que la Ley de Coparticipación Federal tuvo como eje crucial una negociación con Alfonsin de apoyo de los senadores de San Juan (Bloquismo), Neuquén ( Movimiento Popular Neuquino, Felipe Sapag) y Corrientes (Pacto Autonómistas-Liberal (Dr. Romero Feris ) a la Ley de Agrupaciones Sindicales, que era similar a la Reforma Laboral actual. Este aspecto politco fue importante para que San Juan pudiera obtener un buen porcentaje de reparto en la legislación.

La Ley N.° 23.548 establece el Régimen Transitorio de Distribución de Recursos Fiscales entre la Nación y las provincias. Es transitoria porque en la misma legislación se expresa que su vigencia estaba prevista por tan solo un año, aunque aclara que, si no llegara a sancionarse una ley que la sustituya, se prorrogaría de manera automática. Del monto total de los impuestos coparticipables, un 42,34 % corresponde a Nación, un 54,66 % al conjunto de las provincias y un 1 % está destinado a los Aportes del Tesoro Nacional (ATN). La masa de tributaciones coparticipables está compuesta por impuestos nacionales como el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto a las Ganancias, Bienes Personales y el Impuesto sobre los Débitos y Créditos Bancarios, entre otros.

En su artículo 4.° se establece el porcentaje de distribución hacia las provincias y, en el caso de San Juan, le corresponde un 3,51 %. Según el Instituto de Estudios sobre Estado y Participación, dependiente de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE), los patrones de distribución secundaria (repartición hacia administraciones provinciales) no surgen de indicadores objetivos, sino que se realizaron correcciones de los coeficientes en función del poder, la afinidad política y la habilidad de los representantes de cada provincia al momento de la aprobación de la ley. .

El economista Gerardo Mestre detalló que, cuando se discutió la ley de coparticipación, San Juan se encontraba en una difícil situación económica por su dependencia en la actividad y eso fue un punto clave para la determinación del porcentaje establecido. “La estructura económica de la provincia estaba muy deprimida, especialmente en sectores como la vitivinicultura, el comercio y la infraestructura. En definitiva, era una provincia totalmente distinta a lo que es hoy en términos de desarrollo económico”.

La Constitución Nacional establece que las provincias deben acordar un régimen coparticipable, pero nunca logró llevarse a cabo debido a la dificultad para acordar. Es que, según el artículo 75 inciso 2 de la Carta Magna, la ley convenio “deberá ser sancionada con la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, no podrá ser modificada unilateralmente ni reglamentada y será aprobada por las provincias”. Es decir, una tarea muy complicada de lograr e incluso para algunos imposible.

Cómo se encuentra hoy la coparticipación

De acuerdo a datos del Ministerio de Economía de la Nación, San Juan recibió 165.387 millones de pesos de un total distribuido de 5.075.640 millones de pesos en marzo, con una variación interanual del 27 %, siendo menor al último dato de inflación que marcó un 32,6 %. Un informe de Politikon Chaco indicó que la merma en términos reales se debe por la baja en recaudación del IVA acompañado por un descenso de Ganancias, retrocesos en los impuestos Internos y otros Coparticipados.

De este modo, la provincia de San Juan recibió aproximadamente el 3,26 % del total de la Coparticipación Federal de Impuestos (CFI), menos de la establecido por la Ley 23.548.

Pese que a San Juan le corresponde recibir un 3,51 %, es probable que haya recibido menos porcentaje por acuerdos transitorios o debido a una menor recaudación por parte del Gobierno nacional. Mestre señaló que, si no existe una cuestión formal, el Estado provincial podría iniciar ahora o en un futuro un pedido formal para la restitución de fondos o directamente acudir a la Corte Suprema de Justicia. Mencionó que también suele arreglarse esa situación compensando la diferencia a través de Aportes del Tesoro de la Nación, una solución política que se ha utilizado en el pasado para evitar litigios.

Si hacemos una comparación, en 2016 las arcas provinciales recibieron un total de 754.750.000 dólares, mientras que en 2025 esa cifra fue de 1.068.233.898 de dólares. Los números mostrados están calculados en base a la cotización del dólar del momento ($16 pesos en 2016 y $1.475 en 2025).

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