"Lo que estamos buscando en esto es romper con la arbitrariedad jurídica que San Juan viene demostrando a lo largo de los años. Es una corte conformada por integrantes de un partido político en particular que cuida y salvaguarda los intereses del poder político. Y en un orden republicano pleno, ejercicio pleno del orden republicano, estas cosas no deberían pasar", dijo Vallejos en conferencia de prensa.
¿Qué denuncia?
El caso La Superiora
Vallejos denuncia dos hechos: el caso de la expropiación de La Superiora, y el desdoblamiento de las elecciones provinciales de 2023.
Respecto de la actuación de los tres cortistas en el caso de la ex bodega La Superiora, es un tema que generó todo un escándalo en Rawson, por la recotización de los terrenos que se expropiaron oportunamente y que generó una "deuda casi impagable" al municipio que comanda el justicialista Carlos Munisaga desde diciembre de 2023.
Es que la Municipalidad de Rawson enfrenta el pago de una deuda millonaria por una polémica expropiación de la bodega en la que actualmente se encuentra asentado el Complejo Deportivo y Cultural La Superiora. El ex intendente Juan Carlos Gioja dejó un pasivo que con el transcurrir de los años se transformó en una fortuna y que debería afrontar el actual jefe comunal, Munisaga.
En este marco, hay un fallo de la Corte firme y, en el medio, hubo una llamativa re tasación del predio que hizo el equipo del Tribunal de Tasaciones. En diálogo con TIEMPO DE SAN JUAN, en junio los integrantes del equipo que tasó la Superiora hablaron en off. Calificaron de “raro” el pedido del Contencioso Administrativo, que oficializó la Corte de Justicia y remarcaron con vehemencia que la tasación realizada “no es vinculante”.
En el 2012 arrancó el proceso, que permitió a través de una ordenanza declarar al predio de utilidad pública para su posterior expropiación. La intención era transformar el lugar en un complejo deportivo, cultural e incluso, hasta en un espacio donde albergar al Museo Arqueológico Mariano Gambier, que funcionaba en una propiedad privada alquilada.
Es común que no haya acuerdo inmediato por los valores que quiere pagar el Estado por la expropiación de una propiedad y este caso no fue la excepción. El tema es que el desacuerdo fue más allá y la firma propietaria, Sociedad Cuyo Inversores, presidida por el empresario Matías Pallito -hermano de Cristian, un contador reconocido- no se conformó con el parecer del Tribunal de Tasaciones, que tasó el inmueble en $5.800.000. El entonces Intendente pagó de forma inmediata y la Municipalidad se transformó en dueña de la ex bodega.
De igual modo, la sociedad reclamó el revalúo del inmueble y persistió en la queja. Solicitó ante la Justicia que tasaran de nuevo el predio y requirió un saldo impago que dejó Gioja de un millón de pesos. La causa cayó en la titular del Contencioso Administrativo, Adriana Tettamanti. La jueza resolvió que se pague el saldo adeudado. La cuestión se demoró y las distintas presentaciones de la sociedad de responsabilidad limitada llevaron la causa hasta la Corte de Justicia, que no les dio la razón a los dueños y ordenó una nueva valuación que hizo saltar el valor. Encima, el municipio no apeló y el fallo quedó firme.
Aquí entra a verse el papel de los tres cortistas que habría generado el pedido de juicio político, ya que como integrantes de la Sala Primera resolvieron confirmar la sentencia de Tettamanti y el predio, que originalmente había sido valorado en 6 millones en el 2023 pasó a costar más de 1.400 millones por su revalúo y también por una ley que entró en vigencia en el 2018 y según los cortistas cambió todo. Como el municipio había pagado originalmente 5 millones (con lo que le quedaba sólo uno por pagar), luego de esa recotización terminó saltando a más de 370 millones, el proporcional impago de los nuevos 1.400. El municipio cuestionó el proceso y está esperando una respuesta con plazo hasta noviembre, con la esperanza de zafar de la deuda sideral.
Sobre el accionar de la Corte en este caso, en junio TIEMPO DE SAN JUAN le consultó al equipo del Tribunal de Tasaciones que volvió a tasar el inmueble sobre este episodio judicial, que lo tuvo como protagonistas en el 2018. “Nos pidieron que tasáramos a la fecha, pero considerando el estado del predio cuando fue la desposesión del terreno. La solicitud llegó a través de la Corte de Justicia para actualizar los montos. Tomamos antecedentes, aplicamos métodos comparativos”, detallaron.
El equipo que se encargó de la labor incluyó a cuatro personas: tres ingenieros y una autoridad. Afirmaron también que cuando llegó la solicitud a través de un auxiliar de justicia, les pareció raro. “Nos pareció raro que nos hayan pedido eso, nunca en doce años solicitaron algo así, pero lo hicimos”, agregaron.
Luego, el ministro Olivares Yapur salió públicamente a argumentar por qué firmó junto a sus pares Marcelo Lima y Adriana García Nieto en marzo del año pasado una nueva tasación de La Superiora. "Es cierto, es un cambio de criterio", sostuvo. Pero afirmó que "lo ha producido la ley 1.790 de la provincia". Dijo que en el año 2018 se dictó esta norma que modifica el régimen de las expropiaciones, y que "es una ley que la Legislatura consideró y lo expuso así, de orden público y de aplicación a todas las causas en trámite, en donde no se hubiere consolidado la deuda. Tal es el caso de La Superiora, donde todavía no estaba el juicio en etapa de ejecución y con un criterio que la Cámara de Apelaciones había aplicado respecto de la tasa aplicable".
Para Olivares Yapur, lo que hicieron fue confirmar el fallo de los camaristas y disponer la aplicabilidad de la ley 1790. "Entonces la Corte no ha cambiado ningún criterio, simplemente ha aplicado lo que dispone la ley 1790, que dispone la inserción del artículo 20 bis al régimen de expropiaciones en donde establece que se debe calcular el monto de la tasación a valor real y actual".
Vallejos en su presentación expuso que "estos Miembros de la Sala I de la Corte de Justicia de San Juan, no han dado cumplimiento a los Deberes a su Cargo en cuanto atenerse obligadamente al respeto de su propia doctrina judicial y, sin importarles este precedente, fueron en contra de su propia jurisprudencia plenaria que guiaba la solución del caso sin que existiera ningún argumento sólido que permitiera el cambio del criterio en una acuerdo plenario".
El desdoblamiento de las elecciones
El segundo hecho que denuncia Vallejos va dirigido a una decisión que tomaron en 2023 los cortistas de separar las elecciones a diputados de las de gobernador y vice, atendiendo a un pedido de la Corte Suprema, que solo hablaba de suspender las de gobernador y vice. La Corte sanjuanina se expidió así pese a que la Constitución Provincial dice que la categoría legislativa es inseparable en los comicios de las dos principales del Ejecutivo.
El hecho se dio luego de que, por una presentación del propio Vallejos en la Corte Suprema de la Nación, notificó al entonces gobernador Sergio Uñac y el entonces Fiscal de Estado de la Provincia Jorge Alvo para que hicieran efectiva la cautelar dictada, que se traducía en ordenar la suspensión de la convocatoria a elección de gobernador y vicegobernador de la Provincia de San Juan, del 14 de mayo 2023.
"Los cortistas debían claramente acatar el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, más ello en armonía con la citada manda Constitucional Provincial", postula Vallejos. Y compara con lo que pasó en las elecciones de 2023 de Tucumán: "Tan cierta es la aseveración precedente, que en idéntico caso y fecha, la CSJN suspendió las elecciones a Gobernador y Vice Gobernador en la Provincia de Tucumán, mas en tal caso, el Tribunal Electoral tucumano suspendió todo el proceso electoral en virtud de la admisión de una similar medida cautelar, adecuando el decisorio de la CSJN a la Constitución de la Provincia de Tucumán, imperando el respeto al orden constitucional provincial concordándolo con el decisorio del máximo tribunal judicial de la República".
En cambio, en San Juan la Corte local ordenó votar en todas las categorías provinciales y municipales menos en las de gobernador y vice, debido a la interpretación que surgió del máximo tribunal local. Ese criterio es lo que cuestiona Vallejos, alegando que fue así para beneficiar al PJ.
"El haber sostenido que no tenían atribuciones ni potestades para extender el alcance de la resolución adoptada por la CSJN y menos aún para paralizar la totalidad del proceso electoral con una decisión autónoma (comprendiendo categorías distintas a las señaladas por la CSJN) aparece como un burdo, pobre y poco feliz argumento que sirve para demostrar un patético desconocimiento del Derecho Constitucional, en especial, a la organización jurídica, política y social que diseña nuestra Constitución desde el año 1986, lo que implica una total falta total de adecuación a Derecho por la obvia omisión de acatamiento y subordinación a lo preceptuado en la norma constitucional que nos rige, el citado Artículo 185", esgrime el pedido de juicio político.
"De acuerdo a nuestra Constitución el Gobierno del Estado Provincial se haya compuesto por el Poder Ejecutivo (elegido a simple mayoría de voto en acto eleccionario) y, conjuntamente, por los Sres. Diputados con base electoral de un distrito único compuesto por la Provincia (Diputados Proporcionales) y por un legislador elegido por cada Departamento en los que se divide la Provincia, emulando la base electoral a cada uno de tales Departamentos, la suma de ambas categorías se integran en el Poder Legislativo. Por su parte existe otro Estado autónomo e independiente que es el Municipal cuyo gobierno también es elegido democráticamente por votación en elecciones convocadas al efecto".
Agrega que "de ello se colige que el alcance de la cautelar decretada apuntaba a la integración del Gobierno de la Provincia y con ello también debieron suspenderse la elección de las categorías de Diputados, según lo manda el mentado Artículo 185 de la C.P., más las adhesiones a la elección de autoridades provinciales decididas por la totalidad de los Departamentos Ejecutivos Municipales, es decir que estas estaban irremediablemente atadas a la elección de autoridades provinciales, mas no fue lo que sucedió, derivándose en el zafarrancho jurídico electoral responsabilidad única y excluyente del Tribunal Electoral que integraron los cortistas Olivares Yapur y García Nieto".
Embed - Tiempo de San Juan on Instagram: "El dirigente liberal Sergio Vallejos busca destituir a tres miembros de la Corte de Justicia de San Juan. El ex candidato a gobernador presentó en la Legislatura un pedido de juicio político contra los cortistas Marcelo Lima, Daniel Olivares Yapur y Adriana García Nieto. Los acusa de no cumplir con sus deberes, en dos casos: la expropiación de la bodega La Superiora y las elecciones provinciales de 2023. Leé la nota completa en nuestra web y haciendo click en las Stories de @tiempodesanjuan www.tiempodesanjuan.com #pedido #juiciopolítico #corte #politica #sanjuan"