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Conflicto

La CGT fue a la Justicia para frenar la limitación del derecho a huelga

Para la central obrera, el gobierno nacional, con la imposición de "esencialidad" de muchísimas actividades, le pone límites al derecho constitucional a hacer paro.

Por Guido Berrini

La Confederación General del Trabajo (CGT) presentó una acción de amparo ante la Justicia para detener la aplicación del decreto de necesidad y urgencia (DNU) firmado por el Gobierno, que impone nuevas restricciones al derecho a huelga. En el escrito, la central sindical solicitó que se declare la inconstitucionalidad de la norma.

El DNU 340/2025 fue publicado el miércoles 21 de mayo y establece una redefinición de las actividades consideradas esenciales. A partir de ahora, se incluyen entre ellas al transporte de personas y cargas, la educación, la salud y las telecomunicaciones. Estas áreas deberán garantizar, aun en contexto de paro, la continuidad del 75% de sus servicios, una exigencia que para la CGT limita el ejercicio efectivo de medidas gremiales.

El decreto también introduce una nueva categoría: las "actividades de importancia trascendental", a las que se les impone un umbral mínimo de prestación del 50% en caso de huelga. Esta clasificación abarca desde industrias clave como la alimenticia, metalúrgica y la construcción, hasta bancos, comercios, locales gastronómicos y sectores vinculados a las exportaciones.

Días antes de la presentación judicial, Héctor Daer, uno de los secretarios generales de la CGT, se había reunido con el jefe de Gabinete Guillermo Francos en Casa Rosada, formalmente para tratar temas vinculados al Hospital Naval. Sin embargo, ya había anticipado que la central planeaba llevar el tema a los tribunales al comienzo de la semana.

Entre los argumentos expuestos en el amparo, la CGT señaló que el decreto presidencial reglamenta de manera restrictiva el derecho de huelga, ampliando arbitrariamente la lista de actividades consideradas ‘servicios esenciales’ e imponiendo niveles mínimos de prestación (del 75% al 50%) que, en los hechos, "imposibilitan el ejercicio legítimo de las medidas de fuerza”.

Asimismo, el documento remarca que la medida viola el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, los Convenios 87 y 98 de la OIT, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otras normas con jerarquía constitucional que garantizan la libertad sindical y el derecho a la huelga”.

La CGT también cuestionó el uso del instrumento del DNU para avanzar con esta reforma: “Fue dictado sin que se verifiquen los requisitos de necesidad y urgencia que exige el art. 99 inc. 3 de la Constitución Nacional, en un contexto de funcionamiento normal del Congreso Nacional. La reforma del régimen legal de la huelga no puede realizarse por decreto”, sostuvo la organización.

Por otra parte, el texto subraya que el derecho a la huelga cumple un rol fundamental en el equilibrio de poder dentro de la negociación colectiva: “Su limitación debilita la capacidad de acción sindical y consolida relaciones laborales desiguales”.

Finalmente, la CGT pidió que se dicte una medida cautelar de no innovar para suspender de inmediato la aplicación de los artículos 2° y 3° del decreto. La central argumentó que la suspensión es clave para “evitar perjuicios irreparables al movimiento obrero y preservar el pleno ejercicio de los derechos sindicales mientras se resuelve el fondo del planteo”.

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