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Plata para obras

Buscan ampliar la transparencia en el manejo de fondos mineros con la inclusión de diputados en la mesa de debate

La iniciativa busca que los representantes de departamentos cordilleranos tengan en los comités de estos fideicomisos participación obligatoria y acceso a información de primera mano sobre el destino de los millonarios fondos mineros.

Por Miriam Walter

El bloquismo acaba de presentar un proyecto de ley en la Cámara de Diputados de San Juan que dará qué hablar en el sector de la minería local. Busca garantizar la participación institucional obligatoria de los diputados departamentales en el seguimiento, control y definición de prioridades de los fideicomisos mineros. La iniciativa surgió, según los argumentos de los bloquistas, a partir de la necesidad de que el legislador, como representante directo del pueblo en el territorio donde se emplazan los emprendimientos, tenga un conocimiento inmediato de las demandas de su comunidad y pueda opinar en la toma de decisiones sobre recursos que impactan directamente en la calidad de vida local. Actualmente, no existe una normativa que asegure esta presencia obligatoria en los ámbitos donde se definen las inversiones de estos fondos, que manejan miles de millones de pesos anualmente.

Las bases del proyecto, que presentó el bloquista Gustavo Deguer junto a su bloque, establecen que los Comités de Administración de los fideicomisos públicos financiados por la minería deberán convocar de manera obligatoria al diputado del departamento competente a todas sus reuniones, ya sean ordinarias o extraordinarias. Esta convocatoria debe realizarse con una antelación mínima de cinco días hábiles, adjuntando el orden del día y la documentación técnica necesaria. Según el articulado, la intervención del legislador será con derecho a voz pero sin voto, lo que le permitirá formular observaciones, proponer alternativas, solicitar informes detallados y acceder a toda la documentación vinculada a la asignación y ejecución de los recursos. El proyecto aclara que esta incorporación no altera la composición original ni el régimen de mayorías de los comités existentes, sino que funciona como una herramienta complementaria de transparencia y control democrático.

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Una de las reuniones del comité fiduciario minero, encabezada por el ministro de Minería de San Juan, Juan Pablo Perea.

Una de las reuniones del comité fiduciario minero, encabezada por el ministro de Minería de San Juan, Juan Pablo Perea.

La propuesta busca equilibrar la balanza institucional en los departamentos cordilleranos como Iglesia, Jáchal o Calingasta. Actualmente, los intendentes son invitados a la mesa de discusión de los fideicomisos, pero los legisladores departamentales quedan excluidos de la información de primera mano, lo que genera un vacío informativo cuando los ciudadanos consultan sobre el destino de los fondos. Fuentes parlamentarias dijeron a TIEMPO DE SAN JUAN que, aunque en departamentos como Iglesia la relación entre el intendente y el diputado es buena, a pesar de pertenecer al mismo bloque en otros distritos como Calingasta existe una falta de sintonía política que hace aún más necesaria esta normativa para asegurar la representación de todas las voces territoriales. La importancia de este proyecto también se podría encuadrar en una gestión minera dentro de una visión moderna de gobierno abierto y de rendición de cuentas.

Los fideicomisos, fondos millonarios

Los fideicomisos mineros son figuras jurídicas que administran fondos aportados por las empresas en producción, las cuales destinan un porcentaje de sus exportaciones a este fin. Estos recursos son gestionados por entidades financieras y su uso es definido por comités integrados por el gobierno provincial, las empresas y la Cámara Minera. El destino de estos fondos es exclusivo para obras de infraestructura, con una fuerte orientación actual hacia proyectos hídricos, viales y de desarrollo social que fortalezcan el acceso y distribución del agua en las comunidades.

Lo más reciente en materia de ejecución de estos recursos es la aprobación del financiamiento para una obra clave en el departamento de Jáchal: la reparación y refuerzo de las defensas del río Shuclian, en la localidad de Huaco. Con una inversión estimada de más de 1.452 millones de pesos, provenientes de los fondos fiduciarios de Gualcamayo y Veladero Fase VI, se busca mitigar las crecidas y proteger a las familias de la zona tras los daños sufridos por temporales climáticos.

Según informaron fuentes oficiales, en 2025 la gestión de fondos fiduciarios mineros permitió financiar más de 20 obras en Iglesia y Jáchal, beneficiando a 60.000 habitantes con agua potable, energía, conectividad vial y equipamiento educativo. Los fideicomisos administrados por el Ministerio de Minería son Veladero Fase 6 y Mina Gualcamayo.

El proyecto del bloquismo tomó estado parlamentario en la última sesión y fue enviado a comisión con la idea de debatirse en 2026 y ver si se logra tratar en el recinto y aprobar. El PB cuenta con que los legisladores de municipios mineros del Partido Justicialista se interesarán en la iniciativa, pese a no ser más socios políticos.

Las claves del proyecto

Objeto: La ley tiene por objeto garantizar la participación institucional obligatoria del diputado departamental en el seguimiento, control y definición de prioridades de inversión de los fondos provenientes de los fideicomisos mineros que se constituyan con motivo de emprendimientos localizados en su respectivo departamento.

Ámbito de aplicación: Las disposiciones de la presente ley serán de aplicación a todos los fideicomisos públicos constituidos en la Provincia de San Juan, financiados total o parcialmente con aportes de proyectos mineros, destinados a obras de infraestructura, desarrollo social, ambiental o productivo en los departamentos donde aquellos se encuentren localizados.

Competente: Se considera diputado departamental competente al diputado provincial electo por el departamento en cuyo territorio se localice el emprendimiento minero que origine los aportes al fideicomiso. En aquellos casos en que el área de influencia directa comprenda más de un departamento, tendrán igual derecho de participación los diputados departamentales de todos ellos.

Obligatorio: Los Comités de Administración de los fideicomisos alcanzados por la ley deberán convocar obligatoriamente al diputado departamental competente a todas las reuniones que celebren, ya sean ordinarias o extraordinarias. La convocatoria deberá efectuarse con una antelación no menor a cinco días hábiles, debiendo acompañarse el orden del día y la documentación vinculada a los temas a tratar. La omisión de la convocatoria constituirá una irregularidad formal del funcionamiento del Comité.

Intervención: El diputado departamental participará en las reuniones del Comité de Administración con derecho a voz y no otorgará derecho a voto, salvo que una norma específica disponga lo contrario.

Validez de las reuniones: La inasistencia del diputado departamental debidamente convocado no afectará la validez de las reuniones ni de las decisiones que adopte el Comité de Administración del fideicomiso, siempre que se deje constancia en el acta correspondiente de que la convocatoria fue realizada en tiempo y forma.

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