Como cada junio, los trabajadores en relación de dependencia y los jubilados y pensionados recibirán este mes un ingreso adicional extra: la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), más conocido como aguinaldo.
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SUSCRIBITEPocas veces como en este junio los trabajadores están esperando el aguinaldo, para tapar los agujeros de una economía cotidiana muy complicada. Algunos detalles.
Como cada junio, los trabajadores en relación de dependencia y los jubilados y pensionados recibirán este mes un ingreso adicional extra: la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), más conocido como aguinaldo.
Te traemos los datos claves que todo trabajador debe conocer sobre este beneficio: ¿qué es y quiénes lo cobran?, ¿cuándo se cobra y cómo se calcula? y ¿cómo evolucionó en los últimos años?
El Sueldo Anual Complementario (SAC) -conocido como aguinaldo- es un ingreso adicional que reciben los trabajadores en relación de dependencia y los jubilados y pensionados contemplados en la Ley 24.241.
Para que el trabajador cobre el aguinaldo, deben darse 2 condiciones: que la persona haya prestado servicio en el semestre considerado y que en dicho período hubiese recibido remuneraciones. Cabe resaltar que las vacaciones o las licencias con goce de sueldo se consideran como un período sujeto al pago de aguinaldo, porque se cumple la segunda condición.
Por el contrario, es importante destacar que los trabajadores informales, las personas que son monotributistas y otros casos de empleo no registrado no reciben el SAC.
El beneficio se divide en 2 pagos: cada una de las partes corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual percibida por un trabajador dentro de cada uno de los semestres.
“El Sueldo Anual Complementario será abonado en dos (2) cuotas: la primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año”, según establece la Ley 27.073 sobre Contratos de Trabajo.
“Considerando esta fecha límite, el empleador debe realizar una estimación del salario de diciembre para determinar la segunda cuota del SAC; en caso de que la cuota devengada (o pagada) difiera de la estimada, la diferencia se integrará al salario de ese mes (N. de la R.: el que se cobra en enero)”, explicó Edith Merchiori, docente de Derecho Laboral y Seguridad Social de la carrera de Contador Público de la Universidad Blas Pascal.
El cálculo consiste en dividir por 2 a la mejor remuneración bruta (antes de las deducciones impuestas por ley, como los aportes y contribuciones a la seguridad social) recibida en el semestre.
“Si el trabajador percibió en algún mes/es comprendido/s en el semestre considerado una remuneración que no revisten el carácter habitual -por ejemplo, horas extraordinarias o el incremento de las comisiones por mayores ventas- las mismas deben ser tenidas en cuenta para determinar la mayor remuneración devengada (N. de la R. recibida) en el semestre”, detalló.
Por ejemplo, el caso de un trabajador que prestó servicios en todo el primer semestre de 2024 y la mejor remuneración devengada en el semestre ascendió a $ 1.300.000 (en abril tuvo vacaciones), el aguinaldo es igual a $ 650 mil. Mientras que, si en el mismo período, tuvo 20 días de inasistencia injustificada (es decir, no cobró remuneración por esos días), el SAC será de $ 572.282,61 (ver la fórmula del cálculo acá).
En el caso de licencias por maternidad, el empleador no abonará el SAC durante ese plazo porque la trabajadora no recibe remuneración definida como tal. Tampoco recibirá ese beneficio por parte de la ANSES.
El aguinaldo mediano medido del sector privado -en términos reales (es decir, considerando la inflación)- registró en diciembre de 2023, último beneficio cobrado por los trabajadores, su menor valor desde 2009 (año base 100), al ubicarse en los 92 puntos.
Este índice tuvo como referencia la remuneración mediana real del sector privado que informa la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del Ministerio de Capital Humano de la Nación y el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Instituto Nacional de Estadísticas y Censo (INDEC).
En ese último pago, el aguinaldo descendió un 14,1%, al bajar desde los 105 puntos, tras el anuncio de medidas económicas del ministro de Economía de la Nación, Luis Caputo (La Libertad Avanza), que implicó una devaluación del tipo de cambio oficial de $ 366 a $ 800.
Gonzalo Carrera, economista especializado en temas laborales de la consultora Equilibra, destacó que “en coincidencia con la trayectoria del salario, la evolución del aguinaldo en términos de poder adquisitivo registra desde 2018 una tendencia a la baja fuerte, salvo en algunos períodos puntuales”. Y agregó: “El aguinaldo funciona en algunos momentos como un suavizador de la caída del salario real, tal como sucedió en diciembre de 2023”.