Por Gustavo Martínez Puga
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Uno a uno
Este es un breve repaso por la información estadística oficial difundida por la Corte, la cual refleja sólo lo que se hizo y se omite el total de causas que los jueces tenían por resolver. Igual, en esta información se conoce cuales fueron los juzgados que sí trabajaron.
En el Primer Juzgado Correccional –a cargo de Enríque de la Torre-, “se resolvieron 8 causas; se dictaron providencias en diversas causas y se realizó trabajo administrativo interno”.
En el Segundo Juzgado Correccional –a cargo de Eduardo Gil-, “fueron estudiadas 6 causas, cuyas resoluciones fueron emitidas una vez finalizada la feria”.
En el Tercer Juzgado Correccional, a cargo de Mónica Lucero, el cual estuvo de turno: “en la feria ingresaron 326 causas; se atendieron 40 detenidos y se dictaron 18 resoluciones de excarcelación –lo cual no quiere decir que sean precisamente sobre los 40 detenidos-. No se habilitó día para debate al no haber causas para ese estado y tampoco hubieron pedido de habilitación de feria –es decir, que ningún abogado pidió al juez que resuelva la situación de su cliente en esos días”.
En el Cuarto Juzgado Correccional, a cargo de Silvia Peña Sanso, “fueron proyectados 6 autos de procesamiento; 2 resoluciones de sobreseimiento. Dichos proyectos fueron firmados al terminarse la feria”.
En el Quinto Juzgado Correccional, a cargo de Juan Carlos Caballero Vidal (h), “sobreseimientos, 26; sentencias de juicio: un expediente con detenido”.
En el Primer Juzgado de Instrucción, a cargo de Leopoldo Zavalla Pringles, el cual estuvo de turno durante la feria de invierno, “se dictaron 5 resoluciones de falta de mérito; una extradición –el polémico caso de Teo, el niño salteño adoptado por sanjuaninos; 1 habeas corpus; 3 cambios de calificación; 1 caso de depositario judicial y otro de inhibición. También se dictaron 38 excarcelaciones”.
En el Segundo Juzgado de Instrucción, a cargo de Pablo Flores, se informó que “durante la feria fueron estudiadas causas que, a la fecha se encuentran sin resolución, tanto con como sin detenidos. En 31 expedientes con detenidos, ordenó medidas de instrucción tendientes a esclarecer la verdad”.
En el Tercer Juzgado de Instrucción, a cargo de Guillermo Adarvez, se informó que “fueron estudiadas 13 causas con término vencido para “se estudiaron 13 causas con término vencido por resolver la situación procesal de personas indagadas y privadas de la libertad, cuya resolución se dictó finalizada la feria”.
En el Cuarto Juzgado de Instrucción, a cargo de José Vega, se informó que “fueron estudiadas 6 causas. Fueron resueltas 3 causas”.
En el Quinto Juzgado de Instrucción, a cargo de María Inés Rosellot, “fueron estudiadas 16 causas”.
Dato
No se conoce, al menos públicamente, que la Corte de Justicia haya aplicado algún tipo de medida a jueces penales que se hubieran tomado las vacaciones de invierno siendo que tenían trabajo por hacer.
Una a una, las causas de cada juzgado
Cámara en lo Penal y Correccional
Sala I 28
Sala II 46
Sala III 72
Total 146
1° Instrucción 60
2° Instrucción 70
3° Instrucción 77
4° Instrucción 73
5° Instrucción 128
Total 408
1° Correccional 22
2° Correccional 25
3° Correccional 28
4° Correccional 9
5° Correccional 5
Total 89
Total procesados 643
Total condenados 467
¿Por qué conocer el trabajo de los jueces durante las vacaciones?
Hay tres razones muy básicas que explican cuál es la importancia de conocer si los jueces del fuero penal trabajaron o no durante las dos semanas de vacaciones de invierno:
1-Porque hay un dato concreto que demuestra la demanda del fuero penal en la comunidad sanjuanina, más allá de la incidencia que pueden tener los jueces en los hechos de inseguridad que repercuten en cada uno de los vecinos: en la cárcel de Chimbas hay más gente detenida que condenada (ver nota vinculada), lo que implica que es mayoría la población de personas cuya libertad depende de la rapidez con la que decida un magistrado del fuero penal.
2-Porque el artículo 127 de la Ley Orgánica de Tribunales es la que regula el motivo de la feria de invierno: “(…) existiendo trabajos internos atrasados, así como un número considerable de causas a sentencias, se torna necesario recordar a los Señores Magistrados que ejerzan la facultad que esta norma les confiere respecto del personal (es decir, convocarlos a trabajar si fuera necesario)”, según ordenó la Corte con el Acuerdo de la Superintendencia 29, con fecha 25 de junio de 2012.
3-Porque más allá de la independencia en sus decisiones, los jueces no dejan de ser funcionarios públicos cuyas acciones repercuten en la gobernabilidad del Estado.