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La Corte decide si se puede recusar por ser peronista

Norberto Baistrocchi, una vez cesanteado en la Fiscalía de Estado, litigó contra la provincia. El caso recaló en manos de la jueza María Josefina Naciff. Baistrocchi la recusó por ser peronista. La Corte decide.

Por Redacción Tiempo de San Juan


El expediente que originó la recusación con causa de la Fiscalía de Estado contra el camarista Moisés Moya tiene por origen el reclamo judicial de Norberto Baistrocchi después de haber sido despedido por decreto. El ex abogado de la Fiscalía de Estado fue alejado del organismo por medio del decreto número 1026 firmado por el gobernador Gioja en el año 2010 y fundamentado en  incumplimiento de obligaciones en la defensa de los intereses de la provincia.

El abogado cesanteado presentó entonces un reclamo judicial contra la provincia, que cayó en manos de la jueza en lo Contencioso Administrativo María Josefina Naciff, a quien Baistrocchi recusó. Los argumentos planteados fueron que Naciff es cuñada del senador oficialista Ruperto Godoy –hermana de su esposa, María Cristina Naciff- y que además tuvo participación como funcionaria del gobierno provincial. Por lo tanto, plantea su apartamiento bajo la óptica de que la jueza tiene relación con el gobierno peronista, y la recusación fue aceptada por la Cámara, con el voto de Moisés Moya.

Allí es donde la Fiscalía de Estado comandada por Guillermo De Sanctis planteó la recusación con causa de Moya con el argumento de sus vínculos con Baistrocchi y Graffigna (ver nota principal) y plantea un recurso de reposición o revocatoria in extremis para que la jueza Naciff fuera devuelta a la causa.

En su planteo ante la Cámara Civil, la Fiscalía considera que el fallo pone en peligro al fuero especial en lo Contencioso Administrativo como institución judicial “por el tenor exclusivamente subjetivo, producto de la sola voluntad de los camaristas y por lo tanto arbitrario”. El escrito pone especial acento en los motivos políticos de la recusación: “sienta un precedente grave y nefasto”. Y agrega que si se acepta el criterio, se la “expone a ser recusada serialmente, reproduciendo los argumentos exclusivamente políticos sostenidos”. “Es formado con la concurrencia de la voluntad y voto del doctor Moisés Moya constituyendo tal nefasto antecedente”, sostiene.

Finalmente, la Cámara rechazó la recusación y la Fiscalía presentó un recurso ante la Corte ante la “gravedad de la situación”. La resolución es inminente.

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