Ratificaron la condena a prisión del exfuncionario de Angaco que usó recursos de la comuna para una obra suya
Un juez de impugnación confirmó la condena de 4 años de prisión efectiva contra Facundo Nievas, dictada en octubre pasado. Era el capataz general del municipio.
Un nuevo fallo judicial confirmó la pena de 4 años de prisión efectiva contra el excapataz general de la Municipalidad de Angaco por emplear una máquina, herramientas y hasta obreros de la comuna para realizar trabajos en su propiedad. La defensa había impugnado la sentencia por considerarla arbitraria, pero con este nuevo revés, Facundo Nievas, excapataz general del municipio de Angaco, continuará detenido y cumplirá la condena en el penal de Chimbas.
La ratificación de la condena y el rechazo a los planteos de la defensa llevan la firma del juez de impugnación Martín Heredia Zaldo. Habrá que esperar para ver si los abogados del condenado recurren esta sentencia y presentan un nuevo recurso ante un tribunal superior.
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El nuevo fallo fue dictado por el juez de impugnación Martín Heredia Zaldo.
La causa se inició formalmente a partir de la denuncia presentada el 8 de enero de 2024 por funcionarios municipales, luego de que vecinos de Angaco advirtieran una llamativa baja en la presión del agua en la zona y alertaran sobre trabajos en la propiedad del entonces capataz general. Esa situación permitió descubrir que, por orden suya, se había realizado una conexión clandestina que no figuraba en los registros municipales y que abastecía a su vivienda particular. El hallazgo desató el escándalo.
En ese contexto se determinó que la obra fue ejecutada utilizando maquinaria, materiales y personal municipal. Es decir, el funcionario había desviado bienes y recursos públicos para provecho propio. Fue así que el fiscal Sebastián Gómez y el ayudante fiscal Adrián Elizondo, de la UFI de Delitos Especiales, imputaron al exfuncionario por el delito de peculado.
El juicio oral se desarrolló en octubre de 2025 y fue presidido por la jueza Mónica Lucero, quien dio por acreditada la maniobra ilícita cometida por el excapataz general del municipio de Angaco. En los alegatos, la fiscalía solicitó una pena de 5 años de prisión efectiva y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Sin embargo, la magistrada resolvió imponer una condena de 4 años de prisión de cumplimiento efectivo, además de la inhabilitación absoluta y perpetua, al considerar probado el abuso de la función pública y el perjuicio causado a la administración municipal.
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La causa fue investigada por el fiscal Sebastián Gómez y el ayudante fiscal Adrián Elizondo, de la UFI Delitos Especiales.
Tras la condena, la defensa interpuso un recurso de impugnación apoyado en tres planteos centrales: una supuesta violación al derecho de defensa durante la investigación preliminar, la arbitrariedad de la sentencia y la atipicidad de la conducta, bajo el argumento de que el condenado no reunía la calidad de funcionario público.
Todos esos argumentos fueron analizados y rechazados en la resolución firmada esta semana. El magistrado sostuvo que no existió indefensión real, ya que la prueba decisiva fue producida y controlada durante el juicio oral; que la sentencia de primera instancia estuvo debidamente fundada y no incurrió en arbitrariedad; y que el concepto de funcionario público debe interpretarse de manera funcional, atendiendo a las tareas efectivamente desempeñadas.
Así, concluyó que la conducta acreditada encuadra plenamente en el delito de peculado y que no se verificó ningún vicio capaz de invalidar el fallo, por lo que resolvió confirmar íntegramente la condena dictada en primera instancia.